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Wilas

Licencia para conducir Cabezal

Buenas a todos.


SOy Nuevo en el foro y yo sé que me pueden quitar esta duda.


Mi padre es trailero de ya hace más de 35 años y yo desde los 6 años me comenzó a enseñar a conducir y hasta la fecha se perfectamente, pero tengo una duda, ahora tengo 18 años de edad y sé que para manejar cabezal se necesita la Licencia B4 pero hace un tiempo oí que se necesitaba años de experiencia para tener la B4, pero en la pagina del cosevi sale así:
Licencia para Conducir Clase B



Tipo B1 (vehículos livianos de un cuarto de tonelada a una y media tonelada):

1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado.
2. Curso básico de educación y seguridad vial.
3. Prueba práctica de manejo.
4. Dictamen médico.

Tipo B2 (vehículos livianos de todo peso hasta cinco toneladas):

1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado.
2. Curso básico de educación y seguridad vial.
3. Prueba práctica de manejo.
4. Dictamen médico.

Tipo B3 (vehículos livianos de todo peso, incluso los mayores de cinco toneladas, excepto los vehículos pesados articulados):

1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado.
2. Curso básico de educación y seguridad vial.
3. Prueba práctica de manejo.
4. Dictamen médico.

Tipo B4 (vehículos livianos de todo peso, incluso los articulados):

1. Cédula de identidad o menor de edad con estado civil de casado.
2. Curso básico de educación y seguridad vial.
3. Prueba práctica de manejo
4. Dictamen médico.

csv.go.cr/servicios/licencias.html

En ningún lado de la pagina dice que necesito tener tantos años con la licencia, además solo dice que se necesitan años de experiencia para Autobus.

No sé si la pagina esté desactualizada o tenga la información correcta, espero que me puedan ayudar.


Un Saludo.
 
a las pruebas me remito

diay mae si la pagina oficial del cosevi establece los lineamientos asi como los requisitos , yo me mando , pues el peor intento es el q no se hace ..

eso de la experiencia no esta escrito ahi tonces hagale ...

como anecdota te comento q cuando yo fui a sacar la b1 , estaba un chavalo recien cumplidos los 18 años y estaba haciendo para trailer , tenia la carreta y todo para hacer la prueba practica , y el inspector se le monto al lado y jalaron a hacerla .
luego me toco mi turno y nose si el mae la supero , pero me supongo q si ; era hijo de un trailero ...

salu2
 
Ese site está desactualizado.

Cito ley de tránsito vigente http://www.csv.go.cr/Ley de Transito por Vias Publicas Terrestres (actualizada marzo 2010).pdf

Art 69

...

Licencias de conducir de clase B:
Tipo B-1: Autoriza para conducir solo vehículos livianos de un cuarto a una y media tonelada. No requiere condiciones adicionales.
Tipo B-2: Autoriza para conducir vehículos de todo peso hasta de cinco (5) toneladas.
Tipo B-3: Autoriza para conducir vehículos de todo peso, incluso los mayores de cinco (5) toneladas, excepto los vehículos pesados articulados.

Tipo B-4: Autoriza para conducir vehículos de todo peso, incluso los articulados.

En los casos relativos a las licencias de conducir de clase B-2, B-3 y B-4, en el Reglamento se establecerán los requisitos de idoneidad, en resguardo de la libertad de trabajo y los principios de racionabilidad.

Además de los otros requisitos establecidos en esta Ley para obtener las licencias tipo B-2, B-3 y B-4, se requiere para la obtención de las licencias tipo B-2, haber estado acreditado por un (1) año para conducir la licencia B-1; para la licencia tipo B-3, se requiere haber sido titular por dos (2) años de la licencia B-2 y para la licencia B-4, se requiere haber estado acreditado para utilizar la licencia tipo B-3 por (3) tres años, y ser mayor de veinticinco años (25) de edad para el caso de la licencia B-4.
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(Así reformado por el inciso i) del artículo 1° de la ley N° 8696 de 17 de diciembre de 2008).
[/FONT][/FONT]
...
 
Texto del proyecto de la nueva ley

http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_inf ... 018032.pdf

Un extracto:

pag 65

ARTÍCULO 89.- Disposiciones para las licencias de conducir clase B

Las licencias de conducir clase B tendrán las siguientes modalidades:

Tipo B-1: Autoriza a conducir vehículos de hasta 4.000 kilogramos de peso bruto o peso máximo autorizado (PMA). Estos vehículos podrán ser conducidos con un remolque o semi remolque con carga siempre y cuando en conjunto no exceda los 4.000 kilogramos de peso bruto y no esté regulado dentro de otras clases o tipos de licencia. Adicionalmente autoriza para conducir unidades de transporte tipo UTV.

Tipo B-2: Autoriza a conducir vehículos de hasta 8.000 kilogramos de peso bruto o peso máximo autorizado (PMA). Estos vehículos podrán ser conducidos con un remolque o semi remolque con carga siempre y cuando en conjunto no exceda los 8.000 Kilogramos de peso bruto. El conductor deberá ser mayor de veinte (20) años y contar con una licencia clase B o C con al menos dos (2) años de expedida.

Tipo B-3: Autoriza a conducir vehículos de todo peso, excepto los vehículos pesados articulados. El conductor deberá ser mayor de veintidós (22) años y contar con una licencia clase B o C con al menos tres 3 años de expedida.

Tipo B-4: Autoriza a conducir vehículos de todo peso, incluyendo los vehículos pesados articulados. El conductor deberá ser mayor de veintidós 22 años y contar con una licencia clase B o C con al menos tres 3 años de expedida y aprobar un curso especialmente impartido por un ente debidamente acreditado según lo dispuesto en el artículo 225 de la presente ley.

Saludos.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
ok entonces alguien que me aclare porque la vara me interesa bastante, yo tengo la b-1 y tengo 8 años de tenerla entonces me puedo mandar a sacar la b-4 de un solo sin tener que ir sacando una por una escalonada como se decia antes
 

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