me uno a la petición
4.15 Acuerdo sobre la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de
las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982,
Relativas a la Conservación y Ordenación de las Poblaciones de Peces
Transzonales y las Poblaciones de Peces Altamente Migratorias
El objetivo de este Acuerdo es asegurar la conservación a largo
plazo y el uso sostenible de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de
peces altamente migratorios mediante la aplicación efectiva de las disposiciones
pertinentes a la Convención. 32
Artículo 5: Principios Generales
A fin de conservar y ordenar las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de
peces altamente migratorios, los Estados ribereños y los Estados que pescan en alta
mar, deberán, al dar cumplimiento a su deber de cooperar de conformidad con la
Convención:
a) Adoptar medidas para asegurar la supervivencia a largo plazo de las poblaciones de
peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios y promover el
objetivo de su aprovechamiento óptimo.
b) Asegurarse de que dichas medidas estén basadas en los datos científicos más
fidedignos de que se disponga y que tengan por finalidad preservar o restablecer las
poblaciones a niveles que puedan producir el máximo rendimiento sostenible con
arreglo a los factores ambientales y económicos pertinentes, incluidas las necesidades
especiales de los Estados en desarrollo, y teniendo en cuenta las modalidades de la
pesca, la interdependencia de las poblaciones y cualesquiera otros estándares mínimos
internacionales generalmente recomendados, sean estos subregionales, regionales o
mundiales.
c) Aplicar el criterio de precaución de conformidad con el artículo 6.
d) Evaluar los efectos de la pesca, de otras actividades humanas y de los factores
medioambientales sobre las poblaciones objeto de la pesca y sobre las especies que son
dependientes de ellas o están asociadas con ellas o que pertenecen al mismo
ecosistema.
e) Adoptar, en caso necesario, medidas para la conservación y ordenación de las
especies que pertenecen al mismo ecosistema o que son dependientes de las
poblaciones objeto de la pesca o están asociadas con ellas, con miras a preservar o
restablecer tales poblaciones por encima de los niveles en que su reproducción pueda
verse gravemente amenazada.
f) Reducir al mínimo la contaminación, el desperdicio, los desechos, la captura por
aparejos perdidos o abandonados, la captura accidental de especies no objeto de la
pesca, tanto de peces como de otras especies (que en adelante se denominarán
capturas accidentales) y los efectos sobre las especies asociadas o dependientes, en
particular las especies que estén en peligro de extinción, mediante la adopción de
medidas que incluyan, en la medida de lo posible, el desarrollo y el uso de aparejos y
técnicas de pesca selectivos, inofensivos para el medio ambiente y de bajo costo.
g) Proteger la biodiversidad en el medio marino.
h) Tomar medidas para prevenir o eliminar la pesca excesiva y el exceso de capacidad
de pesca y para asegurar que el nivel del esfuerzo de pesca sea compatible con el
aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros....
la intención de este relato es concientisar y que apoyemos de verdad
es una realidad, empecemos por esto
detener la pesca excesiva
permitir que las existencias se recuperen
incentivar a no pescar especies que no son de interés comercial,
ya que debido a esto perdemos individuos demasiado jóvenes o potenciales madres reproductoras...
y más