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Wilas

Pension alimentaria para hijos mayores de edad

Hola,

Mi hijo cumplió 18 años y a partir del Junio ya va a terminar la escuela. Hasta ahora estoy pagando la pensión a la madre a través de la cuenta del corte, ya que ambos viven en extranjero. ¿Puedo dejar de pagar la pensión a la madre sin correr peligro de que ella solicite orden de captura? Me aconsejaron, que la madre ya no tiene derecho a ser parte de este proceso y que no puede solicitar ninguna orden. Y que ahora es el hijo que tendría que presentarse en la corte y solicitar la pensión, si todavía estudia. Pregunte diferentes abogados y cada uno tiene otras respuestas – alguien sabe cómo funciona esto?
Gracias por su tiempo.
 
si su hijo estudia tendra que dar pension alimenticia hasta la edad que termine de estudiar.

nose porque no lo llama y le dice q estudie y ud le da el dinero aunq sea la mitad ayudelo ya que mejor regalo que se le puede daqr a un hijo es la educacion
 
Efectivamente él tiene que hacer el papeleo de pedir la pensión le depositan en la cuenta de él, tiene chance hasta los 25 años.

Asi que son 7 años mas :)

Si él trabaja le puede quitar la pensión, pero no sea un mal padre.
 
Mientras la ex no trabaje ni se haya casado otra vez, le tiene que seguir pagando pensión, si es que así está definido.
En cuanto a los hijos, es tal cual te lo dijeron: mientras demuestre que es estudiante y conserva buenas calificaciones, debe mantenerlo hasta los 25 años. Eso sí, hoy día es el hijo el que debe tramitar la pensión.

Como no conocemos las circunstancias, no podemos saber si usted tiene razones de peso para no seguir ayudando a su hijo. Pero esas razones no existen..., recuerde que siempre será su hijo.
 
Efectivamente él tiene que hacer el papeleo de pedir la pensión le depositan en la cuenta de él, tiene chance hasta los 25 años.

Asi que son 7 años mas :)

Si él trabaja le puede quitar la pensión, pero no sea un mal padre.

ya esa ley no es asi.. hasta que termine los estudios.. ya no es 25 años
 
Hola,

Mi hijo cumplió 18 años y a partir del Junio ya va a terminar la escuela. Hasta ahora estoy pagando la pensión a la madre a través de la cuenta del corte, ya que ambos viven en extranjero. ¿Puedo dejar de pagar la pensión a la madre sin correr peligro de que ella solicite orden de captura? Me aconsejaron, que la madre ya no tiene derecho a ser parte de este proceso y que no puede solicitar ninguna orden. Y que ahora es el hijo que tendría que presentarse en la corte y solicitar la pensión, si todavía estudia. Pregunte diferentes abogados y cada uno tiene otras respuestas – alguien sabe cómo funciona esto?
Gracias por su tiempo.

Y yo te pregunto:
Porque debe intervenir la justicia para que Ud cumpla con la OBLIGACION de padre..?
Muchos nos separamos de la madre y en la separacion incluimos a nuestros hijos como si ellos fuesen culpables.
Perdone, pero Ud no necesita una respuesta Juridica, Ud necesita una respuesta de consciencia.
 
La que debe estar extraviada es ud, osea se estudia unas 3 maestrias hasta poray de 40 a punta de pensión? NO LO CREO :idea:
no me imagino que eso va ligado a un estudio y a cierto grado academino permitido

pero lo vi en un programa donde un abogado decia que ahora es asi. no le puedo decir mas porque no lo vi todo.
 
Y yo te pregunto:
Porque debe intervenir la justicia para que Ud cumpla con la OBLIGACION de padre..?
Muchos nos separamos de la madre y en la separacion incluimos a nuestros hijos como si ellos fuesen culpables.
Perdone, pero Ud no necesita una respuesta Juridica, Ud necesita una respuesta de consciencia.
por esa razon existe la pension ...l que varas..
 
no me imagino que eso va ligado a un estudio y a cierto grado academino permitido

pero lo vi en un programa donde un abogado decia que ahora es asi. no le puedo decir mas porque no lo vi todo.

Creo que se referia al tope de la mayoria de edad, hasta donde entiendo, lo de los estudios y el tope de 25 años es para darle chance a que el hijo termine de estudiar en un plazo MAS que razonable, no para que se haga un profesional de la estudiada :fino:
 
Pensión alimentaria

Mi hija cumple los 18 años en mayo del 2017 tiene dos años de repetir tercero de colegio y ya lo logró sacar mi pregunta es tengo que seguir pagando pensión aunque no haya sacado bachiller a los 18 años?
 
Hola,

Mi hijo cumplió 18 años y a partir del Junio ya va a terminar la escuela. Hasta ahora estoy pagando la pensión a la madre a través de la cuenta del corte, ya que ambos viven en extranjero. ¿Puedo dejar de pagar la pensión a la madre sin correr peligro de que ella solicite orden de captura? Me aconsejaron, que la madre ya no tiene derecho a ser parte de este proceso y que no puede solicitar ninguna orden. Y que ahora es el hijo que tendría que presentarse en la corte y solicitar la pensión, si todavía estudia. Pregunte diferentes abogados y cada uno tiene otras respuestas – alguien sabe cómo funciona esto?
Gracias por su tiempo.


Compas,

La Ley de Pensiones #7564 es muy clara en el articulo que se menciona :

"Artículo 173.- No existirá obligación de proporcionar alimentos:

5.- Cuando los alimentarios hayan alcanzado su mayoridad, salvo que no hayan terminado los estudios para adquirir una profesión u oficio, mientras no sobrepasen los veinticinco años de edad y obtengan buenos rendimientos con una carga académica razonable. Estos requisitos deberán probarse al interponer la demanda, aportando la información sobre la carga y el rendimiento académicos.

Saludos,
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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