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Wilas

Secreto Bancario infringido? Banco informa empleador de cierre de cuenta

Señor B. es cliente del banco X. El pone en el detalle de una transferencia bancaria en línea "Banco X es una mierda" y en la sigiuente transferencia "Banco X sigue siendo una mierda".

La razón por esto era que la superficie de la página web es muy difícil de manejar. Señor B. tiene muchos años de experiencia en temas de informática. También muchos de sus compañeros de trabajo no están satisfechos con la superficie.
El empleador de Señor B. únicamente transfiere el salario a cuentas del banco X.

Luego de esto le llaman por parte del banco X al Señor B. para preguntarle por qué habrá puesto estos comentarios.
El les explica con todo tranquilidad y sin insultarle a nadie que es lo que sucede con la superficie de la página web.

El día siguiente le cierran la cuenta a Señor B. y le informan a su empleador de que su cuenta ha sido cerrada.

Mis dudas:
¿Está permitido comprobar los detalles de transferencias de clientes?
¿Infringió el banco el secreto bancario al informarle al empleador de que han cerrado su cuenta?

¿Qué debería hacer Señor B.? ¿Puede denunciar al banco?

Muchas gracias de antemano.

Martín
 
No soy abogado, pero hasta donde se el banco no esta obligado a tenerlo como cliente, la info bancaria sensible es la protegida por el secreto bancario, todo lo relacionado con los movimientos de dinero no se pueden ventilar a terceros a excepcion que sean sospechosos como los de los empleados del ins que estaban desfalcando a la institución, informarle a terceros que x persona ya no tiene cuenta en la institucion no se como podria tener que ver con el secreto bancario.
 
A mi me parece que no hay se esta infringiendo ningun secreto bancario, porque no le estan dando al empleador ningun dato personal del señor al que le cerraron la cuenta. Es como que una persona llegue al banco a hacerle un deposito y le informen que no se lo pueden hacer porque la cuenta a depositar ha sido cerrada. Me imagino que algo asi fue lo que lo que informaron al empleador.
De igual manera para la apertura de la cuenta se firmo un contrato, ahi deberia decir porque razones el banco puede terminar la relacion banco-cliente y cerrar la cuenta.
 
No están violando ningún secreto bancario.

Con todo respeto, me parece que es una buena lección para el Señor B. que ha pesar de decir que tiene muchos años de experiencia en temas de informática, tiene cero años de experiencia en demostrar su educación, eso lo digo por el tipo de comentarios, lamentablemente en nuestro país la gente utiliza palabras vulgares y ofensivas hasta con las autoridades policiales, en este caso directamente están ofendiendo a una institución, quiéralo o no cualquier cosa que se diga trae repercusiones. Hay otras formas de manifestar una disconformidad, a cualquiera de nosotros unas palabras vulgares más bien nos indisponen.

Para tranquilidad del Señor B. hay otros bancos, ni modo le toca abrir una nueva cuenta en otro lado.
 
Muchas gracias por sus respuestas. Quedó sin responder esta pregunta: ¿Está permitido comprobar los detalles de transferencias de clientes? Es que no comprendo por qué el banco lo chequó y lo tomó en cuenta. El detalle suele ser para el recipiente de la transferencia, ¿no? ¿Puden controlar lo que dice uno? ¿Qué tal con el derecho de libre expresión? Después de todo no lo dirigió directamente al banco. Otra cosa sería si el Señor B. habría escrito una carta directamente al banco.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Muchas gracias por sus respuestas. Quedó sin responder esta pregunta: ¿Está permitido comprobar los detalles de transferencias de clientes? Es que no comprendo por qué el banco lo chequó y lo tomó en cuenta. El detalle suele ser para el recipiente de la transferencia, ¿no? ¿Puden controlar lo que dice uno? ¿Qué tal con el derecho de libre expresión? Después de todo no lo dirigió directamente al banco. Otra cosa sería si el Señor B. habría escrito una carta directamente al banco.


Desde la ley contra el enriquecimiento ilícito se esta en obligación de revisar los detalles de las transferencias, al revisar y ver el comentario ofensivo, el funcionario en turno comunico la situación al supervisor, al parecer se sintieron directamente ofendidos y decidieron terminar la relación con el cliente, también habría que analizar si el Señor B. o sus colegas de trabajo en anteriores transacciones habrían digitado mensajes de ese tipo, lo que vino a generar la molestia por parte de los funcionarios.
 
Muchas gracias por sus respuestas. Quedó sin responder esta pregunta: ¿Está permitido comprobar los detalles de transferencias de clientes? Es que no comprendo por qué el banco lo chequó y lo tomó en cuenta. El detalle suele ser para el recipiente de la transferencia, ¿no? ¿Puden controlar lo que dice uno? ¿Qué tal con el derecho de libre expresión? Después de todo no lo dirigió directamente al banco. Otra cosa sería si el Señor B. habría escrito una carta directamente al banco.

Voy por puntos.

Igual que los otros compas me parece que el Banco no está irrespetando el secreto bancario.

Con respecto a lo que indica Martin, creo que debe ser que existen alertas para cuando se detectan palabras como la que utilizó el señor, lo mismo que cuando en una empresa te bloquean ciertas páginas web y muestran errores cuando intentan ingresar a ella.

Lo de la libre expresión, no creo que utilizara el medio correcto, si quería quejarse o algo así todas las instituciones tienen contralorías de servicios, o los famosos buzones de sugerencias o que se yo... Hasta en la Nación lo hubiera puesto.


Saludos.
 
Buenas! Otra vez muchas gracias por las respuestas. Hubo un cambio en el caso. Entonces el banco X no tan solo llamó al empleador del Señor B. sino también pidió que el departamento de recursos humanos se discuplara con el banco. Qué la empleada del banco que atendió el caso y se sentía muy ofendida. En esto momento no se sabe si por parte del banco se mencionó el detalle completo de la transferencia. ¿Podría alguien explicar con qué derecho le están llamando al empleador del Señor B. si el asunto - si hubiera - es sólo entre el Señor B. y el banco? A mi me extraña que llamaran al empeador de todas formas. @33moreno33: Tu dijiste que es como si a uno le dijeran que una cuenta ya no existiera. Bueno, en parte cabe la comparación. Pero en este caso en banco informó de manera ACTIVA. Para mi es una diferencia.
 
Última edición:
En algunos casos hay empresas que por la rotacion constante de personal y el numero de gente que manejan llaman al banco y le piden que manden a una persona para tramitar la apertura de cuentas para la gente nueva, y las cuentas que abren las ligan a una cuenta de pago de planillas por ejemplo.

Viendolo asi si el empleador o la empresa va a tener algun problema el proximo pago porque una cuenta le tira un error por el hecho de haber sido cerrada pues veo normal que el banco haya avisado para evitar inconvenientes, no se si este sera el caso aca o si el señor B tenia esa cuenta desde antes.
 
sino me equivoco no solo esta permitido comprobar los datos de transferencias creo que hasta en exigido para evitar la legitimizacion d capitales, x eso es que ahora hay que matricular las cuentas para hacer transferencias y poner el detalle de las mismas

diay facil si el banco es una mierda lo mandaron a buscarse otra institucion

no veo que le haya violado el secreto bancario x ningun lado
 
Nadie lo tiene de caballo.

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Buenas! Otra vez muchas gracias por las respuestas. Hubo un cambio en el caso. Entonces el banco X no tan solo llamó al empleador del Señor B. sino también pidió que el departamento de recursos humanos se discuplara con el banco. Qué la empleada del banco que atendió el caso y se sentía muy ofendida. En esto momento no se sabe si por parte del banco se mencionó el detalle completo de la transferencia. ¿Podría alguien explicar con qué derecho le están llamando al empleador del Señor B. si el asunto - si hubiera - es sólo entre el Señor B. y el banco? A mi me extraña que llamaran al empeador de todas formas. @33moreno33: Tu dijiste que es como si a uno le dijeran que una cuenta ya no existiera. Bueno, en parte cabe la comparación. Pero en este caso en banco informó de manera ACTIVA. Para mi es una diferencia.

No tiene asidero legal, pues no fue la compañía del Señor B, sino una persona física la que ofendio a otra persona, en este caso simplemente es pueden ir a una querella o bien acudir a las RAC en las casas de justicia y arreglar el asunto ahí, por encima de la afrenta la empresa del señor B no está obligada a responder por las opiniones de una persona física, en todo caso quien desee arreglar las cosas deberá a recurrir a los tribunales comunes que es el lugar donde se dilucidara el asutno
 
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