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alquiler

Será que el dueño de un apto puede incluir cobro al inquilino de la municipalidad?? ejemplo Indica que como pasa el camión de basura frente al apto esto debe pagarlo el inquilino.. Eso se puede??
 
Clarita dijo:
Será que el dueño de un apto puede incluir cobro al inquilino de la municipalidad?? ejemplo Indica que como pasa el camión de basura frente al apto esto debe pagarlo el inquilino.. Eso se puede??

Si firmó un contrato en donde se estipula que los pagos por servicios municipales deben ser cubiertos por el arrendante, entonces sí.

De todos modos tome en cuenta que el que produce la basura es usted y lo justo es que pague por ese servicio.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Ursol dijo:
Clarita dijo:
Será que el dueño de un apto puede incluir cobro al inquilino de la municipalidad?? ejemplo Indica que como pasa el camión de basura frente al apto esto debe pagarlo el inquilino.. Eso se puede??

Si firmó un contrato en donde se estipula que los pagos por servicios municipales deben ser cubiertos por el arrendante, entonces sí.

De todos modos tome en cuenta que el que produce la basura es usted y lo justo es que pague por ese servicio.

Ese acuerdo está medio jalado del pelo... En lo que respecta al pago del impuesto sobre la propiedad inmueble, creo que no es válido, ya que la responsabilidad tributaria del contribuyente es PERSONALÍSIMA, y no puede ser transmitida por acto alguno. Sobre las tasas municipales (recordemos no confundir "impuestos" con "tasas", no son sinónimos) creo que si se podría hacer valer el acuerdo, aunque nunca he visto alguna resolución que falle sobre ese tema.
 
Triboniano dijo:
En lo que respecta al pago del impuesto sobre la propiedad inmueble

Efectivamente.. en ese caso particular sería ilegal trasladar el pago de tributos por impuestos al inquilino. Pero por el servicio de agua, electricidad o recolección de basura (todos ellos servicios públicos) creo que sí se puede normar en un contrato.

Lo bueno en su caso es que está perfectamente acordado y firmado.
 
Recuerden que tanto el pago de impuestos municipales como el servicio de agua, se constituyen en una hipoteca legal, a cargo del dueño del inmueble. Los demás servicios corren por cuenta del inquilino.
Esa obligación no debería trasladarse al inquilino, lo que puede estar constituyendo un abuso del derecho por parte del dueño del inmueble. Recuerden que la ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos es de orden público, y bajo este razonamiento, la cláusula podría ser nula, no así el resto del contrato.
HNR
 
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