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Wilas

Retencion de salario

Buenos dias,

Tengo una situación con el Bac San Jose, Me han retenido el salario completo del mes de Abril/2015 aplicando un embargo de cuentas bancarias, basándome en:
De conformidad con lo resuelto por el Consejo Superior en sesión número 97-95 celebrada el 7 de diciembre
de 1995, artículo LI, reiterado en sesión número 27-01, celebrada el 3 de abril de 2001, artículo XXIX, y publicada mediante Boletín Judicial número 94 del 17 de mayo de 2001, se advierte que los montos correspondientes al depósito de salarios, pensiones, aguinaldo y pensiones alimentarias, quedan exonerados de esta disposición.- Tratándose de salario, también quedan exonerados en la proporción que establece el numeral 172 del Código de Trabajo.- Se hace saber en lo que interesa, lo dispuesto por el numeral 18.2 de la Ley de Cobro Judicial, "...al funcionario encargado se le indicará que está en la obligación de ejecutar lo ordenado y depositar, de
inmediato, las sumas o los bienes, bajo pena de desobediencia a la autoridad".-"
Ellos deben de esperar hasta que juez determine la octava parte del salario a embargar.
No retener todo el salario, lo que me ha perjudicado en el no poder pagar el alquiler de la vivienda, y mi mantencion.
Por el incumplimento del articulo puedo establecer una demanda por daños y perjuicios?
Tengo las pruebas de la retencion, igualmente de las conversaciones con el Banco donde ellos saben que estan haciendo lo incorrecto pero aun asi estan haciendo lo que les da la gana.
Espero me puedan ayudar
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
depende, su patrono le deposita ahí directamente el salario?? O Ud lo transfiere de otra cuenta, ?

si a Ud le depositan directamente su salario, pues si es una retención indebida, ellos deben detectar cuando es una cuenta de planilla

y ya fue al juzgado?? Lleve los documentos haciendo constar que le retuvieron su salario, para que le devuelvan ese dinero... Ya el banco con eso no puede hacer nada, es el juzgado que debe autorizar la devolución
 
Si, es ahí donde me depositan el salario directamente, ya hable con el Depto Legal del Bac y me pasaron con la Sub-Gerente de Operación, les adjunte el histórico transaccional y con todos que esta muy claro, no me ha devuelto nada... en los Tribunales me pidieron una serie de cartas y otra de un abogado para presentarselas... y esperar la resolución del Tribunal...
pero por que aguantar que una entidad privada haga lo que a ellos les conviene... me parece que esto demandable
 
Claro que puede demandar, pero le costara plata contratar un abogado para iniciar el proceso...

Pero eso lo recupera cuando haya sentencia y obliguen al banco a pagar costas, y aparte también le deben pagar por los daños y perjuicios ocasionados por la negligencia del banco

el banco no le va a devolver nada, lo mas que hará es no incurrir nuevamente en ese error
 
Dos cosas, puede demandar, pero existe un 99% de probabilidades que pierda, le va a salir mas caro que el salario que le embargaron, al menos de que sea el gerente del Nacional, le indico la razon, la cuenta no es el BAC el que firma el embargo, es un JUEZ, Y si es planillera o no, al BAC, eso no le interesa, lo que le interesa es recuperar la plata que usted no pago y causarle un perjuicio, o sea, que usted vea a ver que hace para recuperar su planilla, entonces mi amigo, no sea ingenuo, se, por la experiencia, que lo suyo no es aislado, esto es de todos los dias y mas de cien casos, y el BAC o cualquier entidad financiera, no tiene ninguna sola demanda perdida por embargar cuentas planilleras.


y segundo, tiene que tener mucho cuidado con lo presenta en la corte, porque si no ha sido notificado, se autonotifica,
 
Consejo, abrase una cuenta en el Banco Popular, pídale a su patrono que le deposite ahí. Si no se lo quieren depositar ahí, igual abra la cuenta y apenas le depositen su salario pase todo su dinero por internet, via SINPE al Popular.

Ya que si el banco recibe otro oficio de embargo, ya sea del mismo o de otro acreedor, le pueden volver a dejar la cuenta limpia!
 

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