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Wilas

Embargo a la nuda propiedad

Buenas noches

Tengo una consulta rápida, tengo varias deudas a mi nombre que no he logrado honrar ya que tengo mas de 8 meses sin empleo, poseo una propiedad en la que mi padre es usufructo vitalicio, por lo que tiene el derecho número 1 sobre la misma y en la que yo soy la dueña del derecho 2, o sea, como dice en el registro de la propiedad, "la nuda propiedad"... Corro el riesgo de perder la propiedad si el embargo se hace efectivo? Puedo ceder mi parte de la propiedad a mi padre o a algún hermano para resguardar la propiedad?

Yo se que si uno adquiere una deuda debe pagarla y esa es mi intención pero sin trabajo es un poco difícil y a quienes les debo me piden sumas que no puedo pagar para hacer arreglos de pago.

Les agradezco cualquier información que me puedan brindar
 
Buenas noches

Tengo una consulta rápida, tengo varias deudas a mi nombre que no he logrado honrar ya que tengo mas de 8 meses sin empleo, poseo una propiedad en la que mi padre es usufructo vitalicio, por lo que tiene el derecho número 1 sobre la misma y en la que yo soy la dueña del derecho 2, o sea, como dice en el registro de la propiedad, "la nuda propiedad"... Corro el riesgo de perder la propiedad si el embargo se hace efectivo? Puedo ceder mi parte de la propiedad a mi padre o a algún hermano para resguardar la propiedad?

Yo se que si uno adquiere una deuda debe pagarla y esa es mi intención pero sin trabajo es un poco difícil y a quienes les debo me piden sumas que no puedo pagar para hacer arreglos de pago.

Les agradezco cualquier información que me puedan brindar
El usufructo es practicamente un gravamen sobre la propiedad, SI se la pueden embargar, pero no podrían despojar a su papá del uso y disfrute de la misma.
Sobre el otro punto, el derecho de propiedad no es susceptible de cesion ( instituto reservado para derechos personales y litigiosos). Haga una donacion a otra persona de las que menciona. De igual forma debe hacerlo a la brevedad, ya que si lo hace durante durante el transcurso de un proceso cobratorio, el acreedor solicita que se retrotraiga el movimiento dectectado para desviar el inmueble, y lo peor es que se convierte en un proceso ordinario muy caro largo y complicado, donde incluso le pueden testimoniar piezas ante el ministerio publico por fraude de simulacion.
 
Buen día Pat07. Finalmente cómo le fue con esto? Ya que actualmente estoy en la misma situacion. Te agradezco tu respuesta. Saludos
 
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