tema complicado porque ambos estarian incumpliendo.
El patrono al no realizar el pago, y al no estar al dia en sus coutas obrero-patronales con la CCSSS, y usted al no cumplir pre-aviso.
Puede ir al ministerio de trabajo, para que abran un expediente, e indicar el problema que tiene con su patrono, indicando que se encuentra atrasado con las cuotas CCSS, y tampoco le ha pagado.
Esto es una falta grave, y pronto se comunicaran con su patrono para que le pague y se ponga al día, pero eso no te exime de dar un pre-aviso.
El mismo si no me equivoco (revise el codigo de trabajo) 7 dias antes de 6 meses, 15 dias antes del anio, 1 mes despues del ano de trabajo.
saludos