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Wilas

Cuando un carro está prendado lo pueden embargar?

Stef1359

ANÓNIMO
Hola foreros,

Tengo una consulta, resulta que serví de fiador a un primo, ahora el mae no le da la gana de pagar y me tengo que comer la bronca yo por babosa, lo que pasa esq tengo el préstamo de mi casa y no me da para pagar otra deuda, tengo un carro 2015 a mi nombre que lo saqué con un préstamo en la asociación en donde trabajo, ese carro está prendado por la asocia, En dado caso me lo pueden embargar?

La casa ni me preocupa pq está a nombre de mis hijos. y el salario tmp lo pueden embargar pq hice q ellos me pusieran pensión para cubrir ese lado, lo que me preocupa es lo del carro.
 
A parte de amenazas no pasa nada según lo que he visto. Nada más queda de lección no fiar ni así madre


Sent from my my mind!
 
El prestamista o banco va a buscar como cobrarle esta deuda a usted o a el deudor.
Lo lógico es que vayan contra el mas fácil, que tenga propiedades, carros, etc.
No se deje intimidar, ellos llaman y dicen mil cosas, que le va a quitar el carro, la casa etc, pero esto no es legal, solo se puede hacer con la orden de embargo de un juez y este proceso es largo.
Lo ideal es que hable con el sin vergüenza y le diga que se haga responsable de su deuda y de paso aprenda que NO SE FIA A NADIE, léase bien a NADIE, menos familiar.
En todo caso posible que si el proceso avanza, le manchen el credito, y esto aunque no logren cobrarle, le va a poner en rojo en SUGEF, lo que resulta en no volver a ser sujeto de creditos bancarios, en caso de que el prestamista al que le debe sea sujeto a SUGEF.
saludos
 
Si lo pueden embargar.
La gente suele confundir que el tener una prenda exime de un embargo y esto es incorrecto. Ciertamente la prenda tiene preferencia pero los acreedores pueden establecer el cobro judicial y anotar el embargo (se le llama practicado) en un "segundo grado" por asi decirlo. ¿ Cual es el efecto?
1.su carro tendra en primer grado la prenda y en segundo grado el embargo mientras se le deba al acreedor prendario es muy probable que el carro siga en su posesion aunque no se puede descartar que el embargar pida la captura del vehiculo (es poco usual pero puede suceder) Ejemplo: su carro vale 10 millones y la prenda es de 4 millones. El embargante tiene el cobro por 2millones. En ese caso siendo un modelo tan nuevo perfectamente el embargante puede pedir la captura de su vehiculo, solictar el remate judicial porque para el es negocio cancelarle los 4 millones de la prenda, recuperar sus 2 y venderlo con una utilidad de 2 a 4 millones. No es frecuente que esto lo realice una empresa o banco pero va a depender de los numeros que haga el embargante máxime que como usted lo indica su salario ya no es embargable
2. Si su carro numericamente no cubre la deuda por ejemplo vale 10 debe 6 y al embargante por la fianza le debe 5 no seria negocio para ellos recoger su vehiculo porque perderian dinero aunque algunos "lagartos" perderian perder ese millon con tal de recuperar algo. En este caso creame que le van a hacer el embargo aunque no le quiten el vehiculo porque con eso logran que usted no lo pueda vender hasta que les pague a ellos. Incluso si usted paga la prenda deja aun mas al descubierto el vehiculo porque ya estaria libre.
Con su salario eso dependera de cuanto gane y cuanto de pension le esten aplicando. OJO! si a usted no le rebajan la pension directamente de su salario el embargo entrara con toda facilidad y aun si lo hacen se aplca una formula matematica es decir: aproximadamente 260.000 (no tengo el dato preciso en este momento) no es embargable, todo lo que exceda de esa suma si lo es. Si usted gana 800.000 por mes su parte embargable usando el monto anterior sera de 540.000 y si a ese monto solo se le rebajan 300mil de pension quiere decir que aun hay una parte de 240.000 que es embargable. A este ultimo monto se le aplica por concepto de embargo de 1/4 parte es decir 60.000. En numeros inexactos pero por ahi anda el asunto.
De cualquier manera el perjuicio de un carro embargado es grande, la mancha crediticia ni hablar y todo eso en el momento que su amado primo tenga como o con que pagar usted puede cobrarselo
 
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