Aquí tomar en cuenta el tipo de jornada como mencionas 8 horas. Creo que es jornada de diurna. En este tipo de jornada sólo le pueden pedir trabajar como máximo 4 horas extras después de la jornada diaria de trabajo. La jornada no puede exceder las 12 horas ( 8 ordinarias y 4 extraordinarias).
Su jefe tal vez le salga diciendo que eres empleado de confianza o algo por el estilo para no pagarle las extras... Que puesto tiene o funciones? Tiene contrató de trabajo firmado?
Es mejor que aclare las dudas en el ministerio de trabajo...