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Wilas

Sobre servidumbre de paso

Buen día, quisiera saber si alguno me puede orientar un poco. Quisiera ver si alguien sabe algún artículo sobre disposiciones de servidumbres de paso, para qué se pueden usar, para qué no se pueden usar... Eso porque tengo un vecino que está tomando la servidumbre como cochera y aunque para paso peatonal no me estorba, en el momento en que tenga carro me estorbará y ya he tenido otros problemas con él ya que es un vecino incómodo. Entonces, en caso de que quiera poner un interdicto, tener bases claras sobre de qué me debo agarrar para convencer al juez de que el vehículo no debe estar ahí. La municipalidad ya me dijo que ellos como no es un camino público no pueden ayudarme (con el tránsito municipal).

Cualquier ayuda es agradecida!
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Según entiendo no se puede hacer eso en una servidumbre de paso que es propiedad "colectiva" de a los que les sirve y no se puede disponer como si fuera de una sola persona.
 
si en realidad usted no tiene acceso, no pasa en carro, lo que hacer es llamar al transito para que vengan con la grua, aqui no aplica interdicto,
 

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