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Wilas

Consejo. PENSIÓN ALIMENTICIA

Mi ex mi pidió pensión, tengo 3 hijos: mi hijo menor esta en el colegio (de que debo cumplir) el del medio estudia y se gradua en junio además es becado y mi hija mayor tiene 19. Resulta que ahora la ex renunció o la despidieron de su trabajo y quiere aumentar el monto que le daba mensualmente, actualmente tengo un embargo de una deudaa causa de ella con una tarjeta de crédito. Mi aporte es de 200.000 mensuales más los 47.000 del embago.
Resulta queella ahora va a juntarse con un tipo? Que debo hacer
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Ir con un abogado y denunciar eso, si ella tiene una pareja y vive con ella, el la mantiene, que le quiten el porcentaje que le da a ella y así se encarga solo de sus hijos.
 
Mae está difícil el asunto se le voy a contar mi caso
Yo tengo un hijo de 6 años breteo para la caja tengo un salario de 590 mil colones nunca viví con la mama de mi hijo gracias a Dios y le daba pensión voluntaria por carbón que le metieron me puso la pensión ventaja y desventaja número uno porque solo doy lo que me toca nada más al principio empecé pagando 80 mil ya cuando el tenía 6 años llegó a 89 mil por los aumentos proporcionales a los de mi salario ahora la mama de mi hijo pidió un aumento en base a mi salario ya que hago extras diay la cara de picha pidió un aumento de 175 mil cosa que tuve que pagar abogado ojo para esas vueltas de abogado es mejor pagar nunca valla a esos jurídicos porque esos hijos de puta nunca le interesan nada es mejor pagar un abogado en código de familia sale caro pero vale la pena como una teja le sale la vuelta más 40 mil que tiene que pagarle si va al juzgado acompañarlo busque la plata hasta debajo de las piedras pero llevelo segundo deudas son deudas y si usted tiene embargos cuentas eso no importa la pensión va de primero mae y no importa si la ex suya está juntada con un mae hasta que ella no se case usted está mamando y esa es la pensión más hijueputa que puede haber en este país porque es para toda la vida como consejo si usted tiene la choza a medias con su ex jodala por esa parte venda la y si ella quiere negociar y usted no ser tan carepicha dígale que le quite la pensión de ella eso si con un abogado
Mae diay la de sus hijos no se puede hacer nada hasta que cumplan 24 años o dejen de estudiar toco pagarla

Enviado desde mi HUAWEI mediante Tapatalk
 
Los aumentos de Pensión son automatizados todos los años, así la persona solicitante no puede pedir aumento de pensión antojadiza ente esa solicitud de Pensión tiene que tener fundamento. En caso de que tenga el fundamento, y el aumento sea para sus hijos usted puede presentar todos los gastos que tenga y demuestre que tal aumento no es posible en este momento.

No entendí muy bien si el aumento es por la pensión que usyed ya paga por sus hijos o es para ella porque se quedó sin trabajo. En todo caso, ella está con otra persona por lo que no sería factible solicitar una pensión para ella.
Saludos
 
Mae está difícil el asunto se le voy a contar mi caso
Yo tengo un hijo de 6 años breteo para la caja tengo un salario de 590 mil colones nunca viví con la mama de mi hijo gracias a Dios y le daba pensión voluntaria por carbón que le metieron me puso la pensión ventaja y desventaja número uno porque solo doy lo que me toca nada más al principio empecé pagando 80 mil ya cuando el tenía 6 años llegó a 89 mil por los aumentos proporcionales a los de mi salario ahora la mama de mi hijo pidió un aumento en base a mi salario ya que hago extras diay la cara de picha pidió un aumento de 175 mil cosa que tuve que pagar abogado ojo para esas vueltas de abogado es mejor pagar nunca valla a esos jurídicos porque esos hijos de puta nunca le interesan nada es mejor pagar un abogado en código de familia sale caro pero vale la pena como una teja le sale la vuelta más 40 mil que tiene que pagarle si va al juzgado acompañarlo busque la plata hasta debajo de las piedras pero llevelo segundo deudas son deudas y si usted tiene embargos cuentas eso no importa la pensión va de primero mae y no importa si la ex suya está juntada con un mae hasta que ella no se case usted está mamando y esa es la pensión más hijueputa que puede haber en este país porque es para toda la vida como consejo si usted tiene la choza a medias con su ex jodala por esa parte venda la y si ella quiere negociar y usted no ser tan carepicha dígale que le quite la pensión de ella eso si con un abogado
Mae diay la de sus hijos no se puede hacer nada hasta que cumplan 24 años o dejen de estudiar toco pagarla

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No estoy de acuerdo con lo que dice, yo le pagaba Pensión a mi ex y al día siguiente que se juntó, fui a la Corte y solicité me quitaran la Pensión de ella, lleve las pruebas de que ella estaba juntada con otro hombre y automáticamente me quitaron la Pensión para ella.
 
Es posible exonerarse de la pensión en los demás presupuestos del artículo 173 del Código de Familia, tales como imposibilidad al pago porque ello conllevaría desatender otras necesidades alimentarias preferentes, cuando quien la recibe ya no la necesita, cuando se condene al beneficiario como cónyuge culpable, cuando el ex cónyuge beneficiario contraiga nuevas nupcias o sostenga una relación de convivencia de hecho, y en caso de injuria y daños graves del alimentario contra el alimentante.

Pensión a favor del ex cónyuge​



Cuando se trate de una pensión a favor del ex cónyuge y el beneficiario contraiga matrimonio nuevamente, la exoneración es automática y basta con la presentación de la certificación registral de matrimonio al expediente que tramita la pensión.



En los casos en que la exoneración se pretenda por la existencia de una relación de convivencia de hecho, hay que demostrar al Juzgado de Pensiones que se trata de una relación pública, notaria y estable, en la que el acreedor alimentario ya tiene una nueva pareja con la que convive.



No es válido pretender la exoneración si la nueva pareja no convive con el beneficiario, o si la convivencia es ocasional, por ejemplo: los fines de semana, o si se queda a pasar la noche esporádicamente; no se admitirá la suspensión del pago de pensión.



Hay que tener muy en cuenta que si se inicia una relación de convivencia de hecho que termina en algún momento, el ex cónyuge obligado al pago de la pensión original ya no pagará nuevamente alimentos, como sí sucede en el caso del hijo menor de 25 años que recupera el derecho a pensión si mejora sus calificaciones.

Saludos
 

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