El decreto de embargo que emite el Juzgado o Autoridad Judicial ordenando el embargo (generalmente es electrónico) y el Embargo Practicado es cuando ese embargo se anota en el bien en el Registro Público, y dura 10 años, mientras no se levante.
Claro, con una Orden de Captura, lo recogen y lo rematan... para eso es el Embargo.
Tendría que ver el expediente donde está el juicio y ver si el acreedor pidió expedir Orden de Captura al tránsito.