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Wilas

Ordinario Laboral

Hola a todos!

Ocupo consejos de profesionales en leyes.

Actualmente tengo una demanda contra dos empresas, en febrero se notifico a la empresa A y no contesto, luego en abril se notifico a la empresa B, y efectivamente contesto, pero en nombre de la empresa A y no se refiere en ningún momento a lo reclamado a la empresa B a la cual debió referirse en su contestación.

Ahora se traslada el expediente para señalar juicio, cosa que no estoy de acuerdo porque hasta entiendo son empresas diferentes y tuvieron el tiempo debido para contestar, deberían declarar un auto con carácter de sentencia o el juez puede considerar que es una sola demanda y validar la respuesta aunque tardía y carece de forma???

Para quienes van a decir que pague un profesional, realmente carezco de los medios para hacerlo y agradecería su ayuda como profesionales.
 
Antes de poder contestarle, ud sabe si las dos empresas tienen al mismo representante legal y se dedican a la misma actividad o son totalmente independientes?

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Ocupo consejos de profesionales en leyes.

Actualmente tengo una demanda contra dos empresas, en febrero se notifico a la empresa A y no contesto, luego en abril se notifico a la empresa B, y efectivamente contesto, pero en nombre de la empresa A y no se refiere en ningún momento a lo reclamado a la empresa B a la cual debió referirse en su contestación.

Ahora se traslada el expediente para señalar juicio, cosa que no estoy de acuerdo porque hasta entiendo son empresas diferentes y tuvieron el tiempo debido para contestar, deberían declarar un auto con carácter de sentencia o el juez puede considerar que es una sola demanda y validar la respuesta aunque tardía y carece de forma???

Para quienes van a decir que pague un profesional, realmente carezco de los medios para hacerlo y agradecería su ayuda como profesionales.
Para que se preocupa si contestó o no ?
Usted preocupes por su petitoria y falló a su favor!!
Contestar una demanda no es obligatorio es facultativo , el juez lo declara rebelde o en allanamiento y dicta sentencia y listo .
 
Hola a todos!

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Actualmente tengo una demanda contra dos empresas, en febrero se notifico a la empresa A y no contesto, luego en abril se notifico a la empresa B, y efectivamente contesto, pero en nombre de la empresa A y no se refiere en ningún momento a lo reclamado a la empresa B a la cual debió referirse en su contestación.

Ahora se traslada el expediente para señalar juicio, cosa que no estoy de acuerdo porque hasta entiendo son empresas diferentes y tuvieron el tiempo debido para contestar, deberían declarar un auto con carácter de sentencia o el juez puede considerar que es una sola demanda y validar la respuesta aunque tardía y carece de forma???

Para quienes van a decir que pague un profesional, realmente carezco de los medios para hacerlo y agradecería su ayuda como profesionales.
De cierta forma para usted.es.bueno q no conteste
Porque no.hay oposición
Y si la.otra lol hizo hay que verse si esta legitimada en nombre de A
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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