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Buenas yo me metí en un curso de inglés donde firme un contrato y una letra de cambio que venció el año pasado por 300 mil ya debo 170 mil si yo dejo de pagar eso que pasa
Mientras la letra de cambio no esté prescrita, se podrá cobrar en la vía judicial, mediante un proceso de cobro. Si se tramita este cobro, deberá pagar además de los intereses que genera, los gastos procesales y honorarios del proceso.
Por lo que es recomendable que siga honrando su deuda.
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