Hola, no se si esta consulta ya la han hecho me disculpo de antemano si la estoy repitiendo, pero estoy desesperada.
Yo tenía una tarjeta de crédito con Citi pero me quedé sin trabajo y me atrasé en el pago, me llamaron para ofrecerme una "mega ganga" de arreglo de pago, que si pagaba 177,000 x mes en 6 meses, es decir poco más de 1 millón de colones en 6 meses quedaba limpia con ellos, la deuda era de un poco más aprox 1,5 millones. A mí me pareció muy bien por lo que me iban a descontar y porque en mi negocio propio estaba bastante bien.
Empecé a pagar en diciembre y pagué enero y febrero también. En marzo ya se me complicó un poco y no pude pagar. Este mes de abril les estuve poniendo correos electrónicos que si podíamos hacer una nueva negociación, que no puedo sacar la totalidad de ese monto por mes, pero que tengo toda la intención de pagar y no me contestaron. Ayer estuve en la agencia de Alajuela y el muchacho me dijo que no podía hacer nada pero que tenían que ayudarme en crédito y cobro.
Hoy me llama la persona que llama a cobrar todos los meses y me dice que mucha pena conmigo pero al no pagar en un mes estoy incumpliendo y que ahora les debo de nuevo 1,5 millones de colones, es decir que los 500 mil que ya les he pagado les dan igual, y que tengo solo dos opciones de acá a mañana debo darles respuesta. Opción 1 cancelarles 618,000 en efectivo o en dos pagos, uno este mes y otro el 30 de abril o pagarles el 1,5 millones en cuotas de 40,000.
Yo la verdad estoy desesperada, he llorado tanto de la rabia que el esfuerzo que hice estos meses para pagar y salir de esa pesadilla se lo están robando, y también estoy harta y quiero salir de eso cuanto antes.
Alguien que por favor me asesore, se los agradezco mucho. Pueden hacer eso? Pueden decir me debe 1,5 millones otra vez? o me da 600 mil ya?
Muchísimas gracias.
Nada debe quitarte la calma, recuerda que ellos nunca van a querer perder ni un céntimo, por eso se ponen en este tipo de situaciones, a veces es mejor sopesar la situación con la cabeza bien fría, primero no dices desde cuando estabas atrasada con los pagos.
Existen maneras para honrar dicha deuda, y puedes recurrir a un viejo truco que es bastante raro, pero a la vez efectivo en caso de un proceso de cobro judicial. Una sugerencia es tomar tu salario y aplicar lo que establece el Código de Trabajo en el articulo 172 "
Son inembargables los salarios que no excedan del
que resultare ser el menor salario mensual establecido en el decreto de
salarios mínimos, vigente al decretarse el embargo. Si el salario menor
dicho fuere indicado por jornada ordinaria, se multiplicará su monto
por veintiséis para obtener el salario mensual.
Los salarios que excedan de ese límite son embargables hasta en
una octava parte de la porción que llegue hasta tres veces aquella cantidad
y en una
cuarta del resto.
Sin embargo, todo salario será embargable hasta en un cincuenta
por ciento como pensión alimenticia.
Por salario se entenderá la suma líquida que corresponda a quien lo
devengue una vez deducidas las cuotas obligatorias que le correspondan
pagar por
Ley al trabajador.
Para los efectos de este artículo las
dietas se consideran salario.
Aunque se tratare de causas diferentes, no podrá embargarse respecto
a un mismo
sueldo sino únicamente
la parte que fuere embargable
conforme a las presentes disposiciones.
En caso de simulación de embargo se podrá demostrar la misma en
incidente creado al efecto dentro del juicio en que aduzca u oponga
dicho embargo. Al efecto los tribunales apreciarán la prueba en conciencia
sin sujeción a las reglas
comunes
sobre el particular. Si se
comprobare
la simulación
se revocará
el embargo
debiendo devolver
el embargante las sumas recibidas. "
Es decir te aplicas el monto que te correspondería por el embargo y lo depositas en una cuenta que tenga esta agencia de cobros que seguramente la tendrán en el Banco de Costa Rica o en el Banco Nacional. Guarda los comprobantes y por vía correo les haces llegar copias de los mismos, ahí los metiste en un zapato. porque no pueden alegar incumplimiento de pago pues tienes comprobantes de que la deuda se está pagando dentro de tus posibilidades, y entonces en un proceso judicial, tienes como evitar que te embarguen, ya que si el juez ve en los documentos que tu estás pagando de acuerdo a tus posibilidades, fallará a tu favor. Te van a llamr para decirte que eso no se puede hacer, que tienes que pagar la cuota que ellos dicen, tu te cierras en que solo eso puedes pagar, y sino están de acuerdo que te eleven a cobro judicial y que ahí podr´sa demostrar que no estás morosa, sino atrasada. Te van a amenazar con la vaina vacía, pues primero tienen que demostrar que la deuda no se ha pagado desde x fecha y lo debe avalar un contador público autorizado, pero teniendo los comprobantes como prueba podrás decirle al juzgado que estás pagando el monto que puedes pagar y que sería el monto que te obligaría pagar el mismo juzgado.
Ahora Bien, recuerda que los intereses vencidos prescriben al año, y que la deuda prescribe a los 4 años desde que se pagó por última vez. Es importante que calcules el monto total de la deuda y le sumes la mitad, pues por ley un juzgado te ordenaría pagar el monto de la deuda mas el 50% por los gastos administrativos y procesales,
Si te siguen molestando, puedes recurrir a la defensoría del consumidor para que los pongan a raya, pues está establecido la cantidad de veces que te pueden llamar, si insisten en llamarte, puedes recurrir al juzgado y demardarlos por hostigamiento, ya hay varias sentencias en que estas empresas de cobros han sido condenadas por dicho hostigamiento.
Lo que te escribo es una sugerencia, otra es esperar a que te eleven a cobro judicial, el problema es que si tienes propiedades como lotes, casas o vehículos estos si podrías perderlos en un cobro judicial.
Tranquila, no les des mucha pelota, y si insisten cuelgales o mantente firme en decir que no vas a hablar con ellos mas del asunto y que lo eleven al juzgado. Pero que no te quiten la paz
Saludos y buena suerte.