PUBLICIDAD
Wilas

Cobro Judicial

Básicamente es para cobrarse a la fuerza lo que no se ha pagado, mediante el embargo de salario propio o del fiador, o bien rematándole a uno lo que tenga de propiedades.

Si no hace nada llega a sentencia y le clavan el monto que el que lo demando a uno pidió y ya después uno no puede quitarse ese monto aunque no sea lo que uno debe.
 
Muchas gracias por la respuesta. Pero si uno pasa por ese proceso podria llegar a ir a la carcel? O es solo un asunto de propiedades y embargos?
 
Suelte el perro carebarro, no se lleve entre las patas a los fiadores!!!!!!!
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
No hay cárcel, el apremio corporal en materia civil solo existe en casos de pensión alimentaria, tranquilo por ese lado, pero eso si, mamerto con cualquier tramite crediticio, yo creo que de por vida.
 
El cobro judicial implica que se te va a obligar a pagar una deuda que no has podido honrar. Se realiza mediante un proceso judicial conocido como proceso EJECUTIVO, porque es de ejecición. El esquema del proceso es el siguiente: Demanda + Contestación de la demanda (oposición y excepciones) + Sentencia + Apelación de Sentencia + Sentencia de segunda instancia.
La base para el proceso es un Título Ejecutivo, o sea, facturas o constancias de un contador a las que la ley les conceda esa naturaleza. Este es un proceso donde prácticamente solo cabe prueba documental, y en el que los alegatos, también en la práctica, sólo versarán acerca de si ya se pagó la deuda, o sus intereses, se encuentran prescritos. Esto es importante porque a veces la gente se echa a morir y por falta de asesoría terminan pagando más de la cuenta, porque no se oponen a intereses prescritos, lo cual es muy importante sobre todo en los procesos de las "trituradoras" de las tarjetas de crédito.
Como bien lo dijo un compañero, te pueden obligar a pagar SÓLO si tenés bienes que te embarguen (carros o propiedades) o un salario. Si no hay bienes embargables, nada va a pasar, porque sin embargos no hay cobro. Recordemos que una de las primeras resoluciones de la Sala Constitucional (allá por 1990 o 91) fué declarar inconstitucional el apremio corporal (prisión por deudas). Lo que si va a a pasar es que vas a dejar de ser sujeto de crédito, ya que estarás "manchado" (como suele decir la gente) por tu falta de cumplimiento para con esa obligación.
 
constitucionalmente nadie puede ir a la carcel por deudads exepto pension alimentaria, lo q se hace es q se embargan los bienes del deudor carros, propiedadesq tenga el duedor a su nombre incluso cuentas bancarias si el deudor no contesta la demandad esta aceptando explicitamente la deuda y se procese al embargo de los bienes cualquier detalle llame al 9000-200200
 
hola triboniano , usualmente este proceso cuanto se toma en ser efectivo?? osea cuanto dura para entrar a regir ?
 
El monto a embargar no es cierto que está definido por un cálculo del Ministerio de Trabajo. ó si uno no apela le pueden poner un monto por la mitad del salario ó el que la entidad financiera quiera?
 
Los porcentajes a embargar del salario estan determinados TAXATIVAMENTE en el Codigo de Trabajo, no es lo que al acreedor se le ocurra.
 
Segun me dijo mi abogado, en caso de embargos se van a los bienes como carros, cuentas bancarias o propiedades.

Ya casi nadie segun mi abogado hace menajes, por lo siguiente, si usted tiene 2 TVs solo se pueden llevar uno, si solo tiene uno pues no, igual al refri, la cosina y otros artefactos, si usted tiene compu y la utiliza para trabajar, tampoco te la pueden quitar.

En resumen, en un menaje es posible que no obtengan casi nada, asi que no creo que lo hagan y de seguro es muy engorroso ese proceso, porque de seguro debe estar un juez presente durante el menaje, supongo yo.
 
monitorio dijo:
Qué son bienes embargables? Qué pueden embargar dentro de la casa de la hija de un deudor?

Si la casa es de persona ajena al deudor, NO SE PUEDE TOCAR NADA! Esto por cuanto el propietario del inmueble no tiene nada que ver con la deuda, más que un parentezco con el deudor, lo que no lo obliga a nada.
 
:-? :???:
Hola a todos, tengo un problema, resulta que mi esposa se embarco en matricularse en una de esas cochinadas de curso para leer mejor, resulta que lleva el curso y no le ha gustado por lo que decide abandonarlo, llama la vieja de ese lugar reclamando el pago y amenanza con el Cobro Judicial, mi pregunta es, que pueden hacerle? sera mas peligroso un ataque de caspa?, no nos gusta dejar el perro amarrado, pero esto no es amarrar el perro, porque no estamos teniendo ningun beneficio, se supone que uno paga por lo que recibe, lo normal en el mercado.

Muchas Gracias cyberticos

muchas bendiciones
 
jahrodi dijo:
:-? :???:
Hola a todos, tengo un problema, resulta que mi esposa se embarco en matricularse en una de esas cochinadas de curso para leer mejor, resulta que lleva el curso y no le ha gustado por lo que decide abandonarlo, llama la vieja de ese lugar reclamando el pago y amenanza con el Cobro Judicial, mi pregunta es, que pueden hacerle? sera mas peligroso un ataque de caspa?, no nos gusta dejar el perro amarrado, pero esto no es amarrar el perro, porque no estamos teniendo ningun beneficio, se supone que uno paga por lo que recibe, lo normal en el mercado.

Muchas Gracias cyberticos

muchas bendiciones

Jahrodi, lo que pasa es que ellos te hacen firmar un contrato donde vos te comprometés a hacer todo el curso, y si retirás, igual tenés que pagarlo todo. Velo y me decís si es así. Hace unos años le vi un asunto similar a una amiga, a la que le estaban cobrando lo mismo. Al final les recordé como se llamaba su progenitora y no hicieron nada... En todo caso, junto al contrato normalmente los hacen firmar una LETRA DE CAMBIO o un PAGARÉ, y eso es lo que ellos cobran judicialmente.
 
Triboniano dijo:
monitorio dijo:
Qué son bienes embargables? Qué pueden embargar dentro de la casa de la hija de un deudor?

Si la casa es de persona ajena al deudor, NO SE PUEDE TOCAR NADA! Esto por cuanto el propietario del inmueble no tiene nada que ver con la deuda, más que un parentezco con el deudor, lo que no lo obliga a nada.

Una pregunta, mi madre nos había dado en donación una propiedad a mis tres hermanos y a mí. Yo tengo la cuarta parte de esta propiedad donada, cuál sería el proceso de embargo de una cuarta parte???

Gracias
 
saki_md dijo:
Triboniano dijo:
monitorio dijo:
Qué son bienes embargables? Qué pueden embargar dentro de la casa de la hija de un deudor?

Si la casa es de persona ajena al deudor, NO SE PUEDE TOCAR NADA! Esto por cuanto el propietario del inmueble no tiene nada que ver con la deuda, más que un parentezco con el deudor, lo que no lo obliga a nada.

Una pregunta, mi madre nos había dado en donación una propiedad a mis tres hermanos y a mí. Yo tengo la cuarta parte de esta propiedad donada, cuál sería el proceso de embargo de una cuarta parte???

Gracias

Lo que embargarían sería solo TU DERECHO, o sea, tu cuarta parte. Esto se hace más por preción que por otra cosa, ya que no es práctico sacar a remate un derecho sobre una casa. En fin, habría que ver el caso concreto...
 
Hola una consulta con respecto al tema, esta nueva ley protege a los fiadores de alguna forma, o sea se da prioridad al trámite de pago o remata de bienes por parte del deudor, antes de perjudicar al fiador. :(
 
Mi caso es que yo deje de trabajar hace como 2 años, desde ese momento solo pague como 5 cuotas mas de mi tarjeta de credito pero desde ahi no pague mas, renuncie a mi trabajo para estudiar, mis estudios me los pagan mis padres. Ahora me pasan llamando de la compañia de las tarjetas y me dejan mensajes en mi contestadora.

Yo lo unico que tengo a mi nombre es una carro pero tiene una prenda xq se compró financiado, tengo entendido que a ellos no les sirve tratar de embargar bienes prendados xq tendrían que cancelar ellos la deuda del vehiculo que cuatriplica la deuda que tengo con ellos, ¿es correcto eso?.

Supongo que por eso me pasan llamando, para ver si hago algun arreglo de pago, aunque me dicen que ya esta en cobro judicial, pero no me pueden embargar nada, ademas mis tarjetas de debito estan en cero, y uso unas a nombre de una sociedad, las cuales tambien son inembargables.

Además ellos como operadoras de tarjetas no cumplieron con sus compromisos como el de enviar mensualmente el estado de cuenta a mi casa o correo, lo enviaban cuando les daba la gana.

También, lo que uno dura manchado de crédito son 4 años, después de ahi el credito se limpia y empieza de cero. Eso tengo entendido, sino es asi por favor corrijanme.
 
Me encuentro en una situacion similar, fui despedido de mi trbajo anterior y se me han acumulado algunas deudas, mi pregunta es, q porcentaje de un salario puede ser embargado ya q no poseo propiedades no bienes a mi nombre......
 

Posts recientes

Nuevos temas

Presentamos sus declaraciones del IVA D104, de ALQUILERES D125, así como su renta D101 desde $20 al mes. Contrate al WhatsApp 64320305 de ASESORIA TRIBUTARIA
Active su PLAN PREPAGO por $9.99 y timbre hasta 50 documentos electrónicos. Sin mensualidades, ni anualidades con el sistema líder en el país.
Fondos de Pantalla
Arriba Pie