consultarlo
Usualmente, esos contratos existen entre la entidad que emite el crédito y la aseguradora, y obviamente la primera traslada los costos al deudor. En cualquier caso, deberías consultar con el Banco sobre el monto de la póliza, sobre todo por ser ellos quienes conocen el contenido de ese contrato de seguros.
Sin embargo, es muy probable que ese sea un rubro que asume el deudor que paga la totalidad del crédito previamente pues, al firmarlo, el compromiso fue por "x" tiempo, y todas las demás implicaciones también fueron estimadas en esa medida temporal, de modo que la decisión de cancelar previamente, no es recargo para la entidad financiera ni para la aseguradora. en cualquier caso, consúltalo con quien conozca del contrato de seguros que cubre la operación de crédito.