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Wilas

Forma de pago de Honorarios de Abogado

Contraté un abogado para realizar un arbitraje para cobrar un dinero que me deben.
El abogado que contraté me cobro $10,000.oo, los cuales me pidió por adelantado, pero acordamos hacerlo en pagos.
Al proceso le restan 3 meses para concluir y yo le debo $ 3,000.oo actualmente.
Ahora me sale que no continúa hasta q no le de los $ 3,000,oo que por el momento no tengo.
Me preocupa q por esta situación deje vencer algún plazo y me perjudique.
¿Es normal esto?

gracias
 
deberes del abogado

amig@: en respuesta de tu preocupacion te menciono que nosotros los abogados tenemos que someternos a lo que dicta el colegio de abogados de Costa Rica por ser este pais.
Entrando de lleno con la respuesta, te menciono algunos articulos que tu abogado tiene que cumplir como parte de su etica profesional.
Todos los articulos que te menciono son referentes del "Codigo de Deberes Juridicos, Morales y Eticos del Profesional en Derecho" dictada por el colegio de Abogados.
Articulo 16: Quienes ejercen la profesion de Derecho deberan asistir a todas las audiencias dende sean citados por las autoridades judiciales o administrativas en los asuntos en que intervengan profesionalmente....." por esta razon tu abogado no puede abandonar el proceso.
Articulo 19:" El abogad@ deberan procurar que el pago de sus honorarios no sea la causa fundamental o determinante para asumir el patrocino letrado.".....si bien hay un acuerdo de pago entre tu y tu abogado esto no puede ser impedimento para que el termine profesionalmente el proceso, eso si, si no se cancela lo acordado puedes tener problemas.
Articulo 31:"La relacion entre el abogad@ y el cliente se debera fundar en reciproca confianza basada en los principios eticos y morales de este codigo".....esto quiere decir que tienes que decirle a tu abogado las razones por las cuales le vas a atrasar el pago.
Articulo 46: "Aceptado un asunto, ni el abogado ni la abogada podran renunciar al mismo, salvo por causa justificada......." es interesante que te leas este articulo que tiene unos puntos a favor.
Articulo 48: " El abogado y la abogada deberan convenir con su cliente los honorarios y gastos por el asunto, indicando con claridad la forma de pago....."en este articulo habla de los puntos a convenir a la hora de hacer el contrato de honorarios.

En sintesis, por etica tu abogado no puede abandonar el proceso que inicio y lo del pago de los honorarios los pueden convenir y arreglar las fechas para el pago.
Si acordaron hacer los pagos en forma escalonada hasta una fecha limite el no puede pedir adelanto de pago porque tiene que tomar en cuenta tu situacion socioeconomica.
Como recomendacion si el abogado deja el proceso y no lo termina te puedes hacercar al colegio de abogados y hacer la consulta con la denuncia respectiva.
Estoy a la orden y espero esto te ayude en algo.
 
Muchas gracias

ya me quedo claro.
Voy a revisar los articulos que me indica.
Una última pregunta, es normal que pidan el 100% por adelantado?
Es eso acostumbrado??

gracias
 
contrato

No se de que se trate el proceso que esta llevando tu abogado pero por la suma que pones supongo que es algo grande o importante.
Con respecto a la ultima pregunta, tiene que hacerse un contrato de pago estableciendo los montos y las fechas y modo de pago. Cabe aclarar que esta suma no podra aumentar durante el proceso porque tu abogado tiene que tomar varios puntos en cuenta antes de iniciar el proceso y poner la suma a cobrar.
Por otro lado tampoco es que puede cobrar lo que se le antoje porque cada punto que el tome en cuenta dentro de la manera en que se va a proceder, tiene un valor acordado por el colegio de abogados.
Luego de valorar esos puntos se hace la sumatoria mas viaticos mas todo lo que tenga que ver con timbres fiscales y/o impuestos y se da el valor al caso.
Es importante aclarar que el abogado no tiene la obligacion de asumir costos de ninguna indole durante el proceso, eso corre por cuenta del cliente.
Con contrato en mano no se puede cobrar el 100% por adelantado porque se llegó a un acuerdo, y solo en casos como divorcios, matrimonios, inscripciones ect.. se cobra el 100% para efectos del papeleo que se tenga que hacer, y ademas porque las sumas no son muy elevadas.
 
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