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Wilas

Servidumbres de paso

Por favor si alguien sabe un poco de Derecho Civil, es sobre las servidumbres de paso, ya que tengo unos clientes que quieren hacer un pequeño alero de 50 cm sobre una servidumbre de paso, un señor que que tiene un lote al final, les dijo que no podía y quitaran eso, pero tengo la duda, ya que el Reglamento de Cosntrucción especifica que uno puede hacer un alero sobre la acera de más de 1 mt., pero para servidumbres no sé sinceramente..ya que supuestamente es un paso privado... alguien por ahí ..
 
Muchas veces se negocia con el fundo sirviente, es decir con el señor que sale por ahí, y digo se negocia porque una alternativa es pagar por poner el alero. Suena raro verdad!
Le comento que al lado de un edificio en San José, que tenia ventanas pequeñas que daban luz a éste en algunos pisos, se inició la construcción un edificio vecino, y estos señores llegaron a proponer el pago de una suma por la incomodidad que se le podría ocasionar al edificio primero al quitar o disminuir su iliminación, lo mismo pasa con agua, paso, tendido electrico.
La información es solo ilustrativa, en el sentido de que puede tener una salida pactada. Me parece que le CCivil no dice nada tan específico. Algún abogado que nos amplie más sobre el tema y nos aclare a todos.
Suerte
HNRLAW
 
Muchas veces se negocia con el fundo sirviente, es decir con el señor que sale por ahí, y digo se negocia porque una alternativa es pagar por poner el alero. Suena raro verdad!
Le comento que al lado de un edificio en San José, que tenia ventanas pequeñas que daban luz a éste en algunos pisos, se inició la construcción un edificio vecino, y estos señores llegaron a proponer el pago de una suma por la incomodidad que se le podría ocasionar al edificio primero al quitar o disminuir su iliminación, lo mismo pasa con agua, paso, tendido electrico.
La información es solo ilustrativa, en el sentido de que puede tener una salida pactada. Me parece que le CCivil no dice nada tan específico. Algún abogado que nos amplie más sobre el tema y nos aclare a todos.
Suerte
HNRLAW

Gracias, pero sí es tema medio específico, pq he buscado no he encontrado nada, solo que no se puede construir en ellas, pero no dice nada de aleros que están aéreos..
 
Es que la ley no puede abarcar todo. Tampoco habla de servidumbres de vista (cuanto tenés una alto con una vista a un paisaje o a la ciudad y te contruyen al frente y lo bloquean), o de vallas publicitarias, sin embargo la gente negocia un precio por la incomodidad de que le instalen una valla con un rótulo gigante, por una cantidad de años determinada.
Ahora si ponés el alero, el señor debería interponer un proceso, que lo primero que se me ocurre es un interdicto (un juicio "pequeñito") de amparo de posesión o de suspención de obra, para evitar la invasión de ese espacio dentro de su propiedad.
Pero para eso justamente están estos procesos para dirimir esa clase de conflictos. En principio la lógica indica que no podés descargar las aguas llovidas en la propiedad del vecino, aunque eso sea una sevidumbre.
Yo le recomiendo negociar, porque hay que ver sus ventajas con el alero y los perjuicios que el otro sufre con tal construcción.
Suerte
HNRLAW
 
bueno para empezar no soy abogado ni mucho menos, tengo un poco de nociones y conceptos generales en el tema de las servidumbres, entre las cuales esta que una servidumbre no es unicamente un acceso que se brinda a un predio enclavado coneccion con la calle publica, sino que tambien se generan como un mecanismo que garantice un adecuado acceso a cualquier otro tipo de servicio, es importante destacar que existe en el codigo civil y en la ley y reglamento de construcciones la imposibilidad de realizar cualquier tipo de contruccion en una servidumbre, en este caso especifico no es unicamente colocar un alero si no que esta accion puede a largo o mediano plazo causar un perjuicio al fundo enclavado en el cual no se pueda tener acceso a algun servicio como puede ser electricidad, cable , internet o otros debido a la colocacion de una obstuccion en la servidumbre. tambien una servidumbre es un gravamen que se es impusto a una propiedad y como tal esta debidamente inscrito en el registro de la propiedad a favor de un determninado folio real, por lo cual la el propietario del fundo sirviente tiene todo el amparo de la ley para hacer valer y defender su negativa a que se construya sobre una servidumbre.

espero te sirrva de algo mi aporte.
 
bueno para empezar no soy abogado ni mucho menos, tengo un poco de nociones y conceptos generales en el tema de las servidumbres, entre las cuales esta que una servidumbre no es unicamente un acceso que se brinda a un predio enclavado coneccion con la calle publica, sino que tambien se generan como un mecanismo que garantice un adecuado acceso a cualquier otro tipo de servicio, es importante destacar que existe en el codigo civil y en la ley y reglamento de construcciones la imposibilidad de realizar cualquier tipo de contruccion en una servidumbre, en este caso especifico no es unicamente colocar un alero si no que esta accion puede a largo o mediano plazo causar un perjuicio al fundo enclavado en el cual no se pueda tener acceso a algun servicio como puede ser electricidad, cable , internet o otros debido a la colocacion de una obstuccion en la servidumbre. tambien una servidumbre es un gravamen que se es impusto a una propiedad y como tal esta debidamente inscrito en el registro de la propiedad a favor de un determninado folio real, por lo cual la el propietario del fundo sirviente tiene todo el amparo de la ley para hacer valer y defender su negativa a que se construya sobre una servidumbre.

espero te sirrva de algo mi aporte.
 
Mas bien quisiera saber si alguien me puede ayudar con este mismo tema sobre si es posible poner un negocio en el fondo de una servidumbre de paso de 4m de ancho y 30m de fondo, explico, en el fondo de la servidumbre pusieron un bar y para que la gente ingrese al bar debe hacerlo por la servidumbre donde tambien transitan personas y niños de las casas de mas al fondo.
Mi consulta es se puede hacer esto, no hay ley para esto.
Otra consulta es se pueden poner rotulos o vallas publicitarias sobre la servidumbre.


agradesco cualquier ayuda


Halcon 7210
 
Eso que describes no es posible, esta regulado por la ley de pantentes y se detalla que para constituir una patente de cualquier tipo debe ser frente a via publica, la servidumbre es un accesso privado y al haber un bar en el que accesa cualquier persona le estan dando atributos de via publica.

Averigua en el registro y en la municipalidad la condicion del acceso y si efectivamente es una servidumbre, en la patente otorgada tiene un vicio de nulidad, por lo que caben los recursos respectivos....

Igual consulte con un abogado.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Pregunta acerca de servidumbre

Buenas amigos, soy el ultimo de tres casas con salida a calle publica quiero saber que derechos y deberes
tengo con la servidumbre de 3.30 mts si tengo alguna autoridad por ser el ultimo y que si en caso de que
no estemos de acuerdo todos los vivientes que se debe de hacer para constituir una servidumbre ante notario
u otra instancia judicial , ya que no solamente es via de salida de personas sino que tambien de vehiculos y
en ella los vecinos sacan los perros a realizar sus necesidades y cuando tenemos visitas principalmente de niños
nos da mucha pena que les ladren y se asusten.
Gracias de antemano por los comentarios me ayudaran mucho.
 
Servidumbre

Buenas si alguien me puede dar alguna recomendación para este problema, resulta que acabo de adquirir un lote que tiene entrada en una servidumbre de paso de 6m de ancho por 60m de largo y según los del ICE no puedo tener electricidad por que no puedo poner el poste del medidor en la entrada de la servidumbre por que dice "servidumbre de paso^ y ahora las reglas han cambiado. y lo mas extraño es que hay 3 medidores de casas que están en esa misma servidumbre y quedan todavía mas adentro del lote mio, entonces no se que hacer y necesito empezar a construir.
 
Buenas si alguien me puede dar alguna recomendación para este problema, resulta que acabo de adquirir un lote que tiene entrada en una servidumbre de paso de 6m de ancho por 60m de largo y según los del ICE no puedo tener electricidad por que no puedo poner el poste del medidor en la entrada de la servidumbre por que dice "servidumbre de paso^ y ahora las reglas han cambiado. y lo mas extraño es que hay 3 medidores de casas que están en esa misma servidumbre y quedan todavía mas adentro del lote mio, entonces no se que hacer y necesito empezar a construir.

Hace muy poco solicité un servicio de electricidad al CNFL en una situación similar... Lo único que debe hacer es colocar la caja del medidor en la orilla de la acera, es lo único que necesita... Quizá le pidan un plano catastrado en el momento en que le instalen, de igual manera, lo único que necesita para solicitar el servicio es la boleta que le llena el ingeniero que le hace el plano eléctrico, además del documento que indica que usted es el propietario de la propiedad...
 
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