Para ampliar lo indicado anteriormente, efectivamente debes pedir el reconocimiento de la union de hecho en un proceso abreviado la cual se solicita cuando se ha roto el vínculo o la union. Debes cumplir con los sgtes requisitos: ambos deben tener aptitud legal para contraer matrimonio, es decir deben ser solteros, divorciados o viudos, tener una convivencia mayor a tres años de manera ininterrumpida, debe ser pùblica y única. Tienes 2 años a partir de la ruptura para solicitarla