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Wilas

Liquidacion en abonos

Buen dia foreros.
Mi consulta: Trabaje por casi 5 años en una empresa, la cual esta casi en quiebra o cierre. El dueño tiene deudas millonarias, no tiene bien o bienes a nombre de el o de la empresa. Al liquidarme llegue a un acuerdo mutuo de que mi liquidacion se hiciera en 10 abonos, esto quedo en un documento firmado entre ambas partes, el primer abono lo hizo en la fecha correcta pero el segundo que debio ser de Agosto lo debe en su totalidad, al no cumplir el el abono este documento queda sin validez les cosulto, favor aconsejarme que hacer.
Mil gracias.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Artículo 33. Las indemnizaciones previstas en los artículos 28, 29 y 31 procederán también cuando el patrono liquide o cese en sus negocios, voluntariamente o no. En caso de insolvencia, concurso, quiebra, embargo, sucesión u otros similares, gozarán los créditos que por estos conceptos correspondan a los trabajadores de un privilegio especialísimo sobre todos los demás acreedores de la masa, excepto los alimentarios; y el curador, depositario, albacea o interventor, estarán obligados a pagarlos dentro de los treinta días siguientes al reconocimiento formal que ellos o los Tribunales de Trabajo hagan de dichos créditos, o en el momento que haya fondos si al vencerse este plazo no los hubiere del todo.
Estimado,

Le recomiendo que exponga su caso en el Juzgado de Trabajo correspondiente lo más pronto posible para que así se pueda asegurar su correspondiente liquidación.
 

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