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Wilas

servidumbre

no se si estoy en lo correcto pero necesito ayuda,soy de san jose y tengo tres hijos que viven en una propiedad que pertenece a su madre mediante un derecho de esa propiedad, que consta de cuatro derechos para la misma cantidad de hermanos donde se señala servidumbre segun certificacion registral.el lote de mis hijos y exesposa es de la parte trasera y uno de los hermanos costruye dejando solo 1.30 cm de ancho.Cuando separaron los lotes esa entrada era de 2.50 cm ademas construyo un perrera que cuando pasa las personas los animales sacan la cabeza para morder con lo que no queda ni 100 cm para caminar.mi consulta es si yo tengo derecho a interponer denuncia ya que se esta violando los derechos de mis hijos y mi seguridad cuando los visito,ademas de los malos olores ya que lo que defecan los animales lo tiran en los 130cm disponibles.el suelo de ese lugar segun la municiplalidad de desamparados nos es acto ni dan permisos para construir y lo estan aciendo a escondidas.gracia y si alguien puede ayudarme l agradecere y que DIOS LOS BENDIGA
 
Tres cosas puntuales: 1) el derecho sobre la servidumbre, quien lo debe reclamar es el propietario del fundo servido, o sea, la mamá de sus hijos, por lo que Usted dice; 2) sobre las construcciones sin permisos, Usted si puede hacer la denuncia ante la MUNICIPALIDAD del lugar. Hágala por escrito, dejándose una copia con sello de recibido, y ojalá aaporte fotografías de la construcción. 3) Sobre las perreras, haga una denucnia (igualmente por escrito y ojalá con fotos) al Ministerio de Salud, y verá como en un dos por tres la clausuran y ordenan sacar esos animales de ahí.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
de antemano gracias por la respuesta pero me queda una duda,articulo 465 del codigo civil que dice
(abuso de derecho ) el propietario en ejercicio de su derecho no puede realizar actos que causen perjuicio a otras personas.a que se refiere a otras personas ya que aunque yo no tenga derecho a nada en la propiedad si nesecito de la servidumbre para pasar a ver a mis hijos por lo cual si la cierran o la hacen mas pequeña si me causan un perjuicio ademas de que entiendo que a una servidumbre ya establecida no se le puede quitar ni un centimetro.
 
La servidumbre opera en beneficio de los que viven en la propiedad beneficiada (fundo servido) y entiendo que vos no vivís ahí. Así que jurídicamente quien tiene que reclamar es tu exseñora y no vos. Suerte!
 
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