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Wilas

Vehiculos parqueados en una servidumbre de paso.

Hola a todos y gracias de antemano por la ayuda que puedan brindar, poseemos lotes enclavados que tienen salida a via publica por una servidumbre de paso de 6 mt ancho X 60 mts largo, el problema que tenemos es que uno de los vecinos dueño de uno de estos lotes parquea vehiculos en la servidumbre que limitan el paso e incomodan tanto el ingreso como la salida, anteriormente una unidad de bomberos y un camion con materiales no pudieron ingresar (por anchos) debido a estos vehiculos parqueados. Existe alguna regulacion o derecho para los usuarios de la servidumbre de exigir que no queden vehiculos incomodando el paso en la servidumbre.

Saludos.
 
Hable con su vecino, hagale ver su molestia, de frente, expliquele su situacion, estoy seguro que entendera, porque de lo contrario le va a salir carisimo, no solo a usted sino tambien al Estado, y al final lo unico que va a ganar va a hacer un enemigo de por vida, existen muchas cosas legales de mala fe, como por ejemplo llamar al transito, pero mañana va a tener que volver a llamar, entonces aqui lo mejor es hablar. y si usted no vive ahi ni pierda tiempo.
Este caso es como el de Arrendamiento, que la persona no paga la primer semana del mes, y uno va y pone la denuncia, y mientras el juez da audiencia ya el arrendante cancelo, es igual hoy esta el carro, mañana lo quita, nada que hacer, mejor hable.
 
Gracias, ya hemos conversado con él y le hemos hecho ver el inconveniente y riesgo en caso de emergencia, aunque es una persona muy dificil ahi lo llevo, mis otros vecinos estan mas molestos y son menos diplomaticos.
Solamente aclareme algo, él dice que tambien tiene derecho a la servidumbre y no tiene porque mover el carro, ¿pero existe un termino, articulo o algo legal que le haga ver que no puede dejar obstaculos en la servidumbre?, especificamente que impidan el transito de un vehiculo de emergencia como los bomberos que son muy anchos.

Esta ultima consulta es para nuestro conocimiento en caso que llegaramos a agotar la via de la diplomacia, ¿y si se llegara a agotar que tipo de denuncia pondriamos y en donde?

De antemano le agradezco la informacion, soy de las personas que se entienden hablando y le aseguro que agotare todos los medios posibles de arreglar hablando en buenos terminos.
Bendiciones.
 
ESTIMADO AMIGO, CLARO QUE HAY UN ARTICULO PENADO POR LA LEY ES 133H Estaciona vehi calzada o acera impidiendo libre tránsito/ afecta visibilidad y/o pone pelibro seguridad del tránsito. Art. 96 inc. B). DE LA NUEVA LEY DE TRANSITO. ESPERO TE SIRVA DE ALGO. LAS DENUNCIAS LAS PUEDES TRAMITAR VIA 911 ESO SI NO TE CANSES DE LLAMAR TODOS LOS DIAS HASTA QUE ATIENDAN TU SOLICITUD.
 
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