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Wilas

CCSS

Buenas tardes,

Soy extranjero con casi 5 años de vivir en el país, aunque no tengo aun mi residencia libre de condición, solo mi pasaporte al dia cotizo a la caja y trabajo para una franquicia acá en c.r.

Mi pregunta es, ¿puedo darle seguro de la ccss a mi papá y mamá siendo ellos extranjeros??

Gracias por su amable respuesta.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Tiene que revisar el reglamento del seguro, cuáles personas se pueden asegurar como indirectos. En las preguntas frecuentes de la CCSS está la información CCSS | Caja Costarricense de Seguro Social

CCSS | Caja Costarricense de Seguro Social
¿Puede mi seguro cubrir alguno de mis familiares?

Su seguro sí puede cubrir a alguno de sus familiares por medio del Seguro por Beneficio Familiar, no obstante se debe de cumplir las siguientes condiciones:

En el caso de los padres, ellos deben depender económicamente de usted. Esto quiere decir que no se encuentren laborando (ya sea por desempleo, incapacidad o enfermedad), y que no reciban ningún tipo de ingreso económico, incluso algún tipo de pensión, esto porque al ser pensionado tiene implícito su seguro.



CCSS | Caja Costarricense de Seguro Social

¿Cuáles miembros de mi familia cubre el seguro por Beneficio Familiar?

El seguro por Beneficio Familiar cubre al o la cónyuge, la compañera o el compañero, hijos, hermanos, padre, madre y otros menores, que dependan económicamente del asegurado directo, según las siguientes condiciones:

Cónyuge sin actividad lucrativa, cuya dependencia económica se deba a una invalidez para el trabajo, o a la circunstancia de encontrarse realizando estudios en el nivel superior, mientras mantenga esa situación, o al desempleo involuntario, o a la ausencia de otros medios económicos propios que le permitan su subsistencia.

Compañera o compañero: en los casos de unión libre o de hecho, el compañero (a) tiene derecho al seguro familiar, siempre y cuando la convivencia marital se haya mantenido en forma estable y bajo el mismo techo, por un año o más.

Hijos con discapacidad severa, sin límite de edad, hijos (as) menores de 18 años de edad, o mayores hasta los 22, si cursan estudios de enseñanza media o técnica, parauniversitaria o, hasta los 25 años, si cursan estudios universitarios o en colegios universitarios.

También quedan incluidos aquellos hijos (as) que, aunque mayores de edad, estén en imposibilidad material para trabajar, en virtud de tener que cumplir su obligación de velar por alguno de sus padres, siempre y cuando éstos sean mayores de 65 años o presenten discapacidad severa.

Madre o la persona que le hubiere prodigado los cuidados propios de la madre.

Padre natural o de crianza cuando a juicio de la Caja exista dependencia económica completa del asegurado directo.


Hermanos (as) menores de 18 años de edad, o mayores hasta 22 ó 25 años, siempre que se encuentren en la situación prevista respecto de los hijos (as), que estén debidamente inscritos, sean solteros y cumplan normalmente los estudios. El beneficio familiar también puede ser otorgado a los hermanos (as) mayores de edad con discapacidad severa, así como a aquel que se encuentre en imposibilidad material para trabajar en virtud de tener que cumplir su obligación de velar por alguno de sus padres mayores de 65 años ó con discapacidad severa.

Otros menores de 18 años de edad, de 22 y hasta los 25 años si cursan estudios de enseñanza media, técnica o universitaria, según corresponda, no necesariamente ligados por un vínculo de familia con el asegurado directo, que convivan con él.

Toda persona menor de edad o en período de gestación no protegida por el seguro familiar, que no se encuentre sujeta a la obligatoriedad de cotizar, tiene derecho a las prestaciones sanitarias con cargo al Estado.
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Es decir, si se encuentran laborando y no dependen de usted debería buscar la forma de asegurarlos, por ejemplo pagar un seguro voluntario o como trabajador independiente (revisar los enlaces).

También depende del tipo de seguro que tenga usted. No sé si un seguro voluntario (si fuera el caso) subre asegurados indirectos o familiares. Creo que es solo como asalariado o trabajador independiente.
 
Tengo una consulta.
Resulta que tengo un negocio y no cotizo a la caja aun lo quierl hacer por que necesito renovar mi cedula, el negocio esta a mi nombre pero tengo un socio pero la caja m esta pidiendo todas las facturas y las declaraciones pero obviamente comparto las ganancias que me recomiendan hacer por que no quiero que me salga muy caro el pago de seguro sera que puedo sacar el voluntario??

Enviado desde mi GT-I9300 mediante Tapatalk
 

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