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Wilas

Arias: El hombre que todo le sale

Para lo que me stressa lo que un muerto de hambre resentido social y politico opine......

Resentido social? A ver, veamos, tengo una lic de la UCR, he recorrido casi todo el hemisferio norte, europa y Asia, tengo trabajo en el gobierno. Si yo soy muerto de hambre....que sera usted?

Vaya duerma mejor. Y viva feliz talves su vida cambie porque su Laurita gano.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Mae puppy yo siempre le he querido preguntas sí es usted fotógrafo (Por las IMGs de su Avatar).

Es que perece eso.

Que buen brete!!!

:evil::evil::evil::evil::evil::evil:
nada que ver. lo que ayuda es la wila y los programas de fotografia,filtros,luces,sombras etc
 
:lujo:
Pupys más o menos cuántos mensajes de templones desubicados le llegan por mes?


Mae usted tiene todo el espíritu de un visigodo...

Siempre listo para dar el golpe!!!!

Se quemo, porque por más desubicado (Me doy por aludido por el comentario anterior), es algo entre el mae y yo, sí le molesta llore por ser un moderador y me saca!!!!!


:-|:-|:-|:-|:-|:-|


Mae pupys cuando le sobre el brete yo trabajo en ADOBE, HTML y PHP...

:evil::evil::evil::evil::evil::evil:
 
No creo en esta elección:

1. En la calle se observó una actividad mas pareja de los partidos. No se vislumbraba un@ ganador@ tan clar@.

2.Se cumplio lo profetizado dias atras respecto a la violacion descarada de la tregua electoral impuesta por el TSE. Apesar de que el TSE prohibio la publicacion de encuestas, resultados a boca de urna, etc, desde las seis de la tarde en los medios ya se estaban dando numeros al respecto que claramente influenciaron al electorado.

3. Por increible que parezca, en la TV se observo como un partidario del PLN recibia los informes por mensaje de texto y los comunicaba al auditorio del Hotel Corobici. Fue esa comunicacion aprobada por el TSE, como "supuestamente" estuvo aprobada la urna "modelo" que canal 7 enseño a los costarricenses a las siete de la noche?

4.El TSE, no puede obviar sus deberes y responsabilidades, que la Constituciòn Polìtica en forma imperiosa le ha establecido (el art. 102 y especialmente el inciso 7). El asunto es de interpretaciòn del ordenamiento jurìdico electoral que la misma Constituciòn Polìtica se lo otorgò (art.102 inc.3), ese fue el espiritu de la ley desde la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 y reiterada y fundamentada en la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Es cierto, como se indica en este artìculo que la responsabilidad de recibir los votos le corresponde a los miembros de mesa propuestos por los partidos polìticos el dìa de las elecciones, esa es la funciòn principal de recibir el voto sufragado y hacer el conteo de ese dìa. Luego el escrutinio definitivo, revisiòn de la documentaciòn, fiscalizaciòn del proceso electoral, y el recuento manual es una potestad ùnica del TSE, no de las Juntas Receptoras de Votos (no se puede delegar jamàs este poder), la norma superior es la Constituciòn Polìtica y no puede ser sustituido por una norma inferior o reglamento (Còdigo Electoral y reglamentos). Basado en reglas de modernidad, agilidad etc, el TSE no puede evadir sus responsabilidades finales como es efectuar el escrutinio definitivo y la declaratoria de los ganadores.

5. Para sustentar lo anterior, y en vista de lo acontecido, vean si tenia razon o no: El TSE se obligo a realizar un recuento de votos en 900 mesas. Vean: TSE deberá hacer conteo manual de al menos 900 mesas - EL PAÍS - nacion.com
 
Resentido social? A ver, veamos, tengo una lic de la UCR, he recorrido casi todo el hemisferio norte, europa y Asia, tengo trabajo en el gobierno. Si yo soy muerto de hambre....que sera usted?

Vaya duerma mejor. Y viva feliz talves su vida cambie porque su Laurita gano.

felicidades a ti. o sea sos un burócrata más. no me extrañaría que seas un líder sindicalista.
 
felicidades a ti. o sea sos un burócrata más. no me extrañaría que seas un líder sindicalista.

ya lo dice el muy conocido refran...

dime de que presumes, y te dire de que careces....


que facil es hablar en un foro, y decir que se es esto, y se es lo otro... lo mas ridiculo de todo es querer rajar con eso.... :buffo4::buffo4::buffo4::buffo4::buffo4:

no sé, tal vez
 
Una ves yo conoci a Arias debido a q soy como primo 500 de él.

Ojala no llegue a ese estado de salud a esa edad
 
Para lo que me stressa lo que un muerto de hambre resentido social y politico opine......


De verdad que hay malos perdedores pero tambien hay pesimos "ganadores"

Por cierto "toca" que buen tema viejo ....en serio lo felicito
 
No creo en esta elección:

1. En la calle se observó una actividad mas pareja de los partidos. No se vislumbraba un@ ganador@ tan clar@.

2.Se cumplio lo profetizado dias atras respecto a la violacion descarada de la tregua electoral impuesta por el TSE. Apesar de que el TSE prohibio la publicacion de encuestas, resultados a boca de urna, etc, desde las seis de la tarde en los medios ya se estaban dando numeros al respecto que claramente influenciaron al electorado.

3. Por increible que parezca, en la TV se observo como un partidario del PLN recibia los informes por mensaje de texto y los comunicaba al auditorio del Hotel Corobici. Fue esa comunicacion aprobada por el TSE, como "supuestamente" estuvo aprobada la urna "modelo" que canal 7 enseño a los costarricenses a las siete de la noche?

4.El TSE, no puede obviar sus deberes y responsabilidades, que la Constituciòn Polìtica en forma imperiosa le ha establecido (el art. 102 y especialmente el inciso 7). El asunto es de interpretaciòn del ordenamiento jurìdico electoral que la misma Constituciòn Polìtica se lo otorgò (art.102 inc.3), ese fue el espiritu de la ley desde la Asamblea Nacional Constituyente de 1949 y reiterada y fundamentada en la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Es cierto, como se indica en este artìculo que la responsabilidad de recibir los votos le corresponde a los miembros de mesa propuestos por los partidos polìticos el dìa de las elecciones, esa es la funciòn principal de recibir el voto sufragado y hacer el conteo de ese dìa. Luego el escrutinio definitivo, revisiòn de la documentaciòn, fiscalizaciòn del proceso electoral, y el recuento manual es una potestad ùnica del TSE, no de las Juntas Receptoras de Votos (no se puede delegar jamàs este poder), la norma superior es la Constituciòn Polìtica y no puede ser sustituido por una norma inferior o reglamento (Còdigo Electoral y reglamentos). Basado en reglas de modernidad, agilidad etc, el TSE no puede evadir sus responsabilidades finales como es efectuar el escrutinio definitivo y la declaratoria de los ganadores.

5. Para sustentar lo anterior, y en vista de lo acontecido, vean si tenia razon o no: El TSE se obligo a realizar un recuento de votos en 900 mesas. Vean: TSE deberá hacer conteo manual de al menos 900 mesas - EL PAÍS - nacion.com


Jajajaja. Mae, no puedo creer que sea tan pesimo perdedor!!!

Con todo respeto, mae, la opinion suya no vale ni un cinco. Mejor quedese callado el resto de su vida, sus argumentos y conclusiones estan 100% desviados de la realidad.
 

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