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Wilas

Edad de consentimiento sexual

zerokool

ANÓNIMO
Saludos Foreros.

Ayer estaba viendo las noticias y me llama la atención una nota en donde entrevistan a un muchacho de 25 años, el cual esta profujo pues dejo embarazada a una muchacha de 15 años.
Queri saber su opinion al respecto y pueda que alguien tenga un caso real que comentar.

Ahora, tenia entendido, la edad de consentimiento es de 15 años en este pais.
Según se explica en la nota el muchacho no obligo a la chica a tener relaciones, lo que me dejó pensando en si se habia modificado el codigo penal.

Revisando el codigo penal veo el articulo en cuestion:

Relaciones sexuales con personas menores de edad

Artículo 159.-

Será sancionado con pena de prisión de dos a seis años, quien aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años y menor de quince años, por la vía oral, anal o vaginal, con su consentimiento.

Igual pena se impondrá si la acción consiste en la introducción de uno o varios dedos, objetos o animales por la vía vaginal o anal.

La pena será de cuatro a diez años de prisión cuando la víctima sea mayor de trece años y menor de dieciocho años, y el agente tenga respecto de esta la condición de ascendiente, tío, tía, hermano o hermana consanguíneos o afines, tutor o guardador.

(Así reformado mediante el artículo 1° de la ley N° 8590 del 18 de julio del 2007).

Luego dice:

Artículo 167.- Corrupción
Será sancionado con pena de prisión de tres a ocho años quien mantenga o promueva la corrupción de una persona menor de edad o incapaz, con fines eróticos, pornográficos u obscenos, en exhibiciones o espectáculos públicos o privados, aunque la persona menor de edad o incapaz lo consienta.

La pena será de cuatro a diez años de prisión, si el actor, utilizando las redes sociales o cualquier otro medio informático o telemático, u otro medio de comunicación, busca encuentros de carácter sexual para sí, para otro o para grupos, con una persona menor de edad o incapaz; utiliza a estas personas para promover la corrupción o las obliga a realizar actos sexuales perversos, prematuros o excesivos, aunque la víctima consienta participar en ellos o verlos ejecutar.

Como que intenta llenar un vacio pero lo hace ambiguo.

El primer articulo no pena el sexo con mayores de 15, pero el segundo no hace esa distinción, o sea contactar a cualquier menor de 18 para planear un acto sexual es delito según interpreto.

No parece algo exagerado?
Que pasa si un muchacho de 18 tiene de novia una de 16, que se conocieron en el colegio y le manda un whatsapp para verse y tener sexo, entonces el muchacho se expone de 4 a 10 años?
Esta extraño y sin sentido verdad?

Se aprecia sus comentarios al respecto, igual entra a discusión la pregunta: cuando un menor ya tiene facultades para decidir si quiere tener sexo o no? No piensan que ya a los 15 años la gran mayoría no solo esta en plena capacidad de decidir? si no es que desde mucho antes ya han iniciado su vida sexual?

Saludos.
 
Muy buen análisis, en especial lo último porque bien que se puede interpretar de esa manera. Yo por eso no me meto con menores de edad, ya pase por eso y por eso ahora solo de 18 a 20
 
Correcto

Muy buen análisis, en especial lo último porque bien que se puede interpretar de esa manera. Yo por eso no me meto con menores de edad, ya pase por eso y por eso ahora solo de 18 a 20

Si claro, eso siempre debería ser así, el refrán dice: el que con niños duerme, amanece orinado.

PERO me parece mal hecha la ley que no deja claros los limites, deja mucho a la interpretación.

Y como en todo en la vida nada es blanco y negro pues puede alguien salir perjudicado por algo que claramente no es corrupción de menores.

El espíritu de la ley viene al darse varios casos recurrentes de hombres mayores (40, 50 años) que dejaban embarazadas a niñas de 12, 13 años o menos... pero no seria mejor poner una edad limite de 15 años y una diferencia de edad de uno 5 años que no constituya delito?

Podemos extender el tema... a que edad se volvieron sexualmente activos y que edad tenia su pareja? Creo que los datos revelarían que la ley nos e ajusta a la realidad...

Yo empece a los 16 con una de 14, pero conozco casos de hombres de colegio que tenían novias de escuela que era sexualmente activas, de 13 o 12 años... y eso no lo veo tipificado por ningun lado, me parece que la moral en este caso pesa mas que la razon, que opinan?
 
Delito. El artículo 159 del Código Penal expresa que será sancionado con una pena de dos a seis años de cárcel “quien, aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años”. La falta puede ser cometida tanto por mayores como por otros menores de edad.

Meneses explicó que, cuando las víctimas tienen menos edad de la contemplada en esa norma, se considera violación.

“De 15 años en adelante, lamentablemente, la legislación lo dejó abierto, no lo regula, no lo sanciona, siempre y cuando haya consentimiento, pues, si no, también sería una violación”, explicó el abogado.

Sacado de acá

Code:
http://www.nacion.com/sucesos/Relaciones-sexuales-consentidas-menores-record_0_1295670462.html
 
Sacado de acá

Code:
http://www.nacion.com/sucesos/Relaciones-sexuales-consentidas-menores-record_0_1295670462.html

Buen aporte, aunque el articulo es del 2012 cuando no se había reformado la ley para agregar la parte de "las redes sociales".

Saludos.
 
Lo último que me encontré es del 2012 y anda igual

La edad de consentimiento en Costa Rica es de 15 años. El código penal de Costa Rica establece que sostener relaciones sexuales con menores de 13 es violación; y constituye el delito de relaciones sexuales con persona menor de edad si la víctima es 13-18.

Artículo 156.- Será sancionado con pena de prisión de diez a dieciséis años, quien se haga acceder o tenga acceso carnal por vía oral, anal o vaginal, con una persona de uno u otro sexo, en los siguientes casos: 1) Cuando la víctima sea menor de trece años. 2) Cuando se aproveche de la vulnerabilidad de la víctima o esta se encuentre incapacitada para resistir. 3) Cuando se use la violencia corporal o intimidación. La misma pena se impondrá si la acción consiste en introducirle a la víctima uno o varios dedos, objetos o animales, por la vía vaginal o anal, o en obligarla a que se los introduzca ella misma. (Así reformado mediante el artículo 1° de la ley N° 8590 del 18 de julio del 2007).

Artículo 159.- Será sancionado con pena de prisión de dos a seis años, quien aprovechándose de la edad, se haga acceder o tenga acceso carnal con una persona de uno u otro sexo, mayor de trece años y menor de quince años, por la vía oral, anal o vaginal, con su consentimiento. Igual pena se impondrá si la acción consiste en la introducción de uno o varios dedos, objetos o animales por la vía vaginal o anal. La pena será de cuatro a diez años de prisión cuando la víctima sea mayor de trece años y menor de dieciocho años, y el agente tenga respecto de esta la condición de ascendiente, tío, tía, hermano o hermana consanguíneos o afines, tutor o guardador. (Así reformado mediante el artículo 1° de la ley N° 8590 del 18 de julio del 2007).
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Le anda llegando a alguna guila menor de edad ?

No pero vea esta situación:

Va alguien a una fiesta, puede ser hasta palmares... se tomo unos tragos en el tope y de casualidad una muchacha le hace ojitos, algo sucede y la chica le da pelota, etc, etc, y le da el # de teléfono.
Dias después el susodicho, que es medio don juan, le escribe y la convence para verse en San Jose e ir a un motel.
Digamos ahora, para poner el caso aun mas bizarro, que ni siquiera logren ir al motel, porque antes de verse la mama de la muchacha le revisa el celular y ve el mensaje, y sorpresa, la muchacha tenia 17 años.
La mama para "proteger" a su hija de el "corruptor de menores" llama a un abogado, le da las pruebas del mensaje por whatsapp, como el tipo la "incita" a un acto sexual por un medio electrónico cae en el delito de corrupción de menores, según esa ley, y así de fácil sin tocarla... tome, de 4 a 10 años...
Se lee exagerado pero según la ley es posible.

Mi punto no es querer caerle a una menor, el punto es que hay que tener ahora demasiado cuidado incluso hasta con los mensajes que se envían, y que esa ley se puede prestar hasta para chantajes mas que muchas muchachas hoy día aparentan de mas de 20 y si acaso tienen 17.

PV.
 
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