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Wilas

Este Año No Se Puede Exonerar Impuestos Compras Por Internet ? es verdad ?

hola escuche en la tv canal 7 hoy que este año tendremos mala suerte y no se puede exonerar impuestos a las cosas que compremos por internet y entre a buscar info en google y encontre este link
Hacienda: todas las compras por Internet pagan impuestos - ECONOMÍA - La Nación

eso es verdad ????

yo estoy por comprar una laptop de usa a costa rica

su costo total es de 480 dolares contando todo
y envio por USPS express mail international

la laptop la tendria correos de costa rica no estoy usando casilleros ni nada de eso tendre que pagar impuestos a correos de costa rica si mi laptop es para mi es solo una y el costo es menor a $500 ????
 
Última edición:
yo compre un ps3 el viernes negro y pregunte en aerocasillas y me digeron que hiciera el tramite de peticion de exoneracion de imuestos por escrito eso si tenes que hacer la pre alerta entes que tu paquete llague a miami,fl. pero de eso que este año no se puede no me digeron nada.. hay que esperar el garrotazo haber que, porque si cobran los impuestos el articulosaleigual o mas caro que aqui :buffo4::duele:
 
gracias por sus respuestas pero porfavor leean todo lo de este topic
dije q yo no estoy usando ningun casillero ni nada de eso
es un envio de usa a costa rica directamente por USPS espresss
el cual tendra mi paquete correos de costa rica
costo total 480 $

tendre q pagar impuestos ?
 
MMMMmm la cuestion es que que para exonerar ust tiene que llenar un formulario y presentar fotocopias de la cedula un poco de varas por ejemplo aerocasillas me pidio ese papelo ellos tienen unos machotes de formularios que ust termina de llenar con los datos especificos de la compra y sus datos pesonales , ellos se encargan de todo el tramite de exoneracion en aduana con esos papales le cobran como 16$.. ahora bien si el importe es directo no se como esta ese asunto en aduana.. de seguro te van a llamar para que vallas a pagar los impuestos o algo asi..nunca he traido nada directo solo con aerocasillas
 
MMMMmm la cuestion es que que para exonerar ust tiene que llenar un formulario y presentar fotocopias de la cedula un poco de varas por ejemplo aerocasillas me pidio ese papelo ellos tienen unos machotes de formularios que ust termina de llenar con los datos especificos de la compra y sus datos pesonales , ellos se encargan de todo el tramite de exoneracion en aduana con esos papales le cobran como 16$.. ahora bien si el importe es directo no se como esta ese asunto en aduana.. de seguro te van a llamar para que vallas a pagar los impuestos o algo asi..nunca he traido nada directo solo con aerocasillas

me queda llamar a correos i aduana u.u gracias
 
Si se puede exonerar, se llama tramite de Exención de Impuestos, en la calculadora de fletes de aerocasillas esta el calculo con exoneración o sin ella.

En cuanto a los otros couriers si aerocasillas lo hace todos lo hacen.
 
Si se puede exonerar, se llama tramite de Exención de Impuestos, en la calculadora de fletes de aerocasillas esta el calculo con exoneración o sin ella.

En cuanto a los otros couriers si aerocasillas lo hace todos lo hacen.

yo llame ayer aduanas dijeron q todo lo que son comprar por internet no se puede exonerar cueste lo que cueste
que eso de exonerar a menor de $500 dolares ya no es valido por un cambio que les dieron

yo pedire que me manden mi paquete como regalo para ver si me puedo librar de pagar impuestos yo no estoy usando aerocasillas ni nada de eso solo correos de CR el envio es por usps express a correos de CR y yo de ahi lo lo recojo

si me toca pagarlos son como 31 mil colones

me dijo que solo puedo exonerar los envios que me mande un familiar

yo le dije que como se dan cuenta si el envio fue de un familiar o no
:buffo4: me pues por los apellidos checan para ver si son los mismo y deciden si es un familiar o no
jajajjajaja creo que es algo loco lo que me dijo esa doña q por los apellidos creo que ni ellos saben bien
porque encontre la web del ministerio de hacienda
COMPRAS POR INTERNET ESTÁN SUJETAS AL PAGO DE IMPUESTOS | Facebook

en una parte dice esto: al inicio

  • Solo están exentas aquellas mercancías remitidas del exterior para uso o consumo del destinatario o de su familia, cuyo valor no exceda los $500


en tonces en que quedamos =( ? jajaja
 
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yo pedire que me manden mi paquete como regalo para ver si me puedo librar de pagar impuestos yo no estoy usando aerocasillas ni nada de eso solo correos de CR el envio es por usps express a correos de CR y yo de ahi lo lo recojo

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Hay que revisar las calculadora de las empresas de paquetería para ver cuanto pagan los artículos. En algunos casos cuando es un 13% a veces no vale la pena, depende del precio. Valía la pena en asuntos como televisores que pagan un 49%. O si es un artículo por un monto bajo no tiene sentido aunque el impuesto sea relativamente, alto, por ejemplo he comprado relojes Timex de 30 o 40 dólares que pagan un 29% de impuesto pero por el precio y lo que cobran por la exoneración no resulta rentable.

El problema es que el Ministerio de Hacienda no ha comunicado nada oficialmente, solo hubo una declaración a la prensa del Viceministro. Aerocasillas por ejemplo sigue tramitando las exoneraciones mientras se aclare el asunto.
 
La pura verdad

Comentario a partir del comunicado oficial dispuesto al público costarricense en la página del ministerio de hacienda en el siguiente enlace: https://www.hacienda.go.cr/NR/rdonl...D9/29327/cOMPRASPORINTERNETfinalCOMNOV011.doc
Evidentemente el señor Gerardo Bolaños, Director General de Aduanas, esta recurriendo a una fusión de dos viejos métodos de engaño mental que suelen usar lo políticos, el de la falacia del Embudo o del Caso Especial junto con la de conclusión desmesurada, la primera consiste en rechazar la aplicación de una regla apelando a excepciones infundadas por ejemplo:
“En el caso de las adquisiciones por internet, no se puede hablar de un envío o remisión de mercancías, sino de una compra que realiza la misma persona, lo cual desvirtúa la naturaleza de la exención antes mencionada.”
Como ustedes puede ver el hombre no menciona ninguna ley que respalde tal afirmación, o sea, es una afirmación que carece de cualquier tipo de asidero legal, sin embargo, y aquí viene el por que alguna gente se va de inocente creyendo en la palabra del hombre debido que el menciona al principio que “la legislación aduanera establece que solo están exentas del pago de derechos, impuestos y demás cargos, aquellas mercancías remitidas del exterior para uso o consumo del destinatario o de su familia, siempre que su valor total en aduana no exceda de quinientos dólares. Esto por tratarse de pequeños envíos, considerados como una modalidad especial de importación, sin carácter comercial.”
Lo cual es correcto a medias primero por que la ley dice: “Artículo 93.—Pequeños envíos sin carácter comercial. Se considera pequeños envíos sin carácter comercial, las mercancías remitidas del exterior para uso o consumo del destinatario o de su familia, cuya importación estará exenta del pago de derechos, impuestos y demás cargos, siempre que su valor total en aduana no exceda de quinientos pesos centroamericanos”. Entonces la ley no dice “solo” ni tampoco dice “solamente” lo cual desvirtúa el carácter exclusivo que le da don Gerardo; y segundo por que no cita en ninguna parte los artículos o leyes que se refieren al mismo precisamente para que la gente no tenga la información correcta a mano para botarle el discurso sino que mas bien pone la ley en sus propias palabras y la interpreta a su gusto, por eso la reporta pero no la cita.
El segundo método de engaño empleado como mencione es la conclusión desmesurada, “Error inductivo que se comete cuando, a partir de datos ciertos, llevamos la conclusión más lejos de lo que aquéllos permiten.” Por ejemplo en el comunicado de don Gerardo el empieza diciendo: “COMPRAS POR INTERNET ESTÁN SUJETAS AL PAGO DE IMPUESTOS” lo cual es cierto y no es nada nuevo, toda la vida ha sido así, sin embargo mas abajo luego le agrega diciendo “En el caso de las adquisiciones por internet, no se puede hablar de un envío o remisión de mercancías, sino de una compra que realiza la misma persona, lo cual desvirtúa la naturaleza de la exención antes mencionada.” En resumen esta diciendo que una compra no es una mercancía lo cual es una afirmación errada desde muchos puntos de vista, empezando por que en español la palabra compra es un verbo y el la esta usando como sustantivo pero con el defecto de que no dice compra de que, desde luego que lo que se esta comprando es una mercancía.
Veamos el concepto de Mercancía, y no es lo que digo yo ni lo que a mí me parece sino la definición oficial según el Gran Diccionario de la Lengua Española:
Todo género que es objeto de comercio habitual”
Ahora veamos lo que dice el Diccionario Enciclopédico VOX:
“Según la teoría clásica del valor, es mercancía todo objeto susceptible de satisfacer necesidades humanas (valor de uso) y de ser cambiado (valor de cambio) por otro u otros, tanto directa como indirectamente (a través de su equivalente monetario). solo la forma mercancía conecta a las unidades productoras en la sociedad mercantil. El dinero es considerado una mercancía de características singulares, dado que no posee en sí mismo valor de uso ninguno.”
Teniendo claro el concepto de mercancía entonces veamos la santa palabra de las leyes, específicamente la Ley 8360 del veinticuatro de junio del dos mil tres, publicada en La Gaceta 130 del 8 de julio del 2003, en la que se aprobó el segundo protocolo de modificación al Código Aduanero Uniforme Centroamericano, mismo que fue ratificado mediante Decreto N° 31347-COMEX del 25 de agosto del 2003 Articulo 93 así como la reforma a la Ley General de Aduanas, mediante Ley 8373 del 18 de agosto del 2003, define en su artículo 137, los pequeños envíos sin carácter comercial en el siguiente sentido:
“Artículo 137.—Pequeños envíos sin carácter comercial. Se consideran pequeños envíos sin carácter comercial, las mercancías remitidas del exterior para uso o consumo del destinatario o de su familia. La importación de dichas mercancías estará exenta del pago de derechos, impuestos y demás cargos, siempre que su valor total en aduana no exceda de quinientos pesos centroamericanos”.
De esta manera hoy y ahora en este momento le abro los ojos al pueblo de costa rica y sean todos testigos de que la ley habla únicamente de mercancías, nótese que las leyes que regulan los envíos pequeños de carácter no comercial no emplean ni la palabra compra ni la palabra Internet por que se sobrentiende que cualquier mercancía dada debió haber sido comprada en algún momento.
Y como las leyes son muy claras, a diferencia del comunicado en el que don Gerardo expresa su interpretación personal de las leyes, nos vamos a ver todos obligados a llenar el Tribunal Fiscal Administrativo con miles de denuncias a las que el pueblo de Costa Rica va a presentar para volver a instaurar el respeto a las leyes y el orden legal en los procedimientos que legalmente han sido establecidos y rigen antes que la opinión de cualquier persona sin importar su rango burocrático. Y a los técnicos operativos de aduanas deberían pellizcarse (no por vergüenza por que de ella carecen) ya que ellos son los que van a figurar en primer plano en las denuncias como responsables de la violación a todas las leyes ya mencionadas, demostrando una de dos cosas: a) que no conocen las leyes de aduanas y por lo tanto el servicio civil se va a ver obligado a hacer una revisión a fondo de las calidades requeridas para el desempeño de tales puestos o b) que son la representación viva de la corrupción cobijándose con un cobijón que viene desde arriba y que huele peor que Río Azul pero en su ignorancia piensan que el jefe los va defender cuando sean confrontados por los tribunales respectivos pero se equivocan.
Por último el espíritu de la ley, el objetivo real es el evitar que estas exoneraciones sean dedicadas para el comercio ganancial de las tiendas, por lo mismo se refiere claramente à la cantidad como factor condicional de la aplicación:
“Condiciones. De acuerdo con los artículos 93 del CAUCA y 215 del RECAUCA la aplicación de esta modalidad de importación está condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Que el destinatario no haya gozado del beneficio durante los últimos seis meses anteriores al arribo de las mercancías.
2. Que la cantidad de mercancías a importar bajo esta modalidad no sea susceptible de ser destinada para fines comerciales.
3. Que el destinatario de las mercancías sea una persona física.
4. Que se demuestre ante la autoridad aduanera el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.”
Obviamente si usted trae los 500 pesos en puros relojes de imitación se entiende que son para la venta y no aplicaría pero si yo solo compre un artículo o dos diferentes se entiende perfectamente que son un regalo para mi padre y madre esta navidad y además se lo mande a nombre de ellos quienes nunca han exonerado nada en su vida, si mis padres se quedan sin sus regalos esta navidad espero que don Gerardo y su horda de títeres carguen con este vil acto en su conciencia esta navidad y año nuevo.
Ahora veamos el espíritu de don Gerardo: Viendo que el gobierno está hundiendo la economía con su propia corrupción y que ahorita viene fin de año y Laurita está tratando de escurrir todo lo que pueda de manera que se juegan el chance de engañar a todo el pueblo pensando en que solo unos pocos vamos a hacer valer nuestros derechos, ellos dicen bueno aquí es jodiendo al pueblo que es el que se defiende menos por mayoría, entonces aun descontando los que reclamen y a los que les vamos a tener que devolver el dinero al que solicitaron exonerar acogiéndose a las leyes existentes aun así nos vamos a sacar uno o dos aguinaldos más.
Si quiere hacer valer sus derechos y evitar que se los pisoteen como está queriendo hacer hoy día don Gerardo, queriendo arrogarse la potestad de cambiar las leyes a su gusto cuando se le da la gana aun violando el CAUCA a pesar de ser un acuerdo internacional sobe el cual él puede decir misa pero la realidad es que no tiene ningún respaldo legal para hacerlo, les recomiendo que se vayan al depósito aduanero donde les tienen retenidas sus mercancías acompañados de un Notario Público y unos 3 o 4 testigos más y le piden que les levante un acta sobre el acto de hecho en el que les están queriendo violar sus derechos y con esta acta de fe pública proceden a iniciar la demanda ante el Tribunal Fiscal Administrativo y la única manera de fallar eso sería que el juez fuera otro corrupto pero no importa porque se agota la vía administrativa primero ante los organismos nacionales correspondientes y después a los internacionales, y por último en el peor de los casos digamos que todos los corruptos se cobijen los unos a los otros entonces quedara aplicarles golfito para no darles gusto (a medias) y luego empezar a luchar progresivamente en pro de emigrar a un país honesto para dejar que la corrupción termine de despedazar este país que solía serlo pero en el que pudo más la corrupción gubernamental que reina actualmente.
 
X-MEN2
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me ley todo su texto mira ayer llame aduanas despues de intentar 10 llamadas que decia que dejara un gax que no me podian contestar me atendieron me contesta y le grita a una doña yaaaaa voyyyy esque estoy atendiendo el telefonoooooo ( osea no estan en nada casi 15 minutos intentando llamar y estan en otras ) bueno....


y le dije que yo quiero traer una laptop
y le dije el costo total que son menos de 500

y que si yo tenia derecho a exonerar por que el costo es menor a 500 y nunca eh exonerado nada osea mi primer
paquete compra

de una me dijo que no y le digo pero porque si c zupone que uno tiene derecho a exonerar 1 vez cada 6 meses
es una ley y mis derechos

xsierto la doña que me atendo su tono de voz es como de burlade deeecho cuando me contesto crei que marque mal y me estaban jugando una broma y casi le digo una tontera pero no jajaja

bueno la cosa es que le digo eso que es violar la ley y mis derechos

y me dice es que es una notificacion que nos llego y que a nosotros mismos nos parece raro ya eso de exonerar lo que usted me dice eso ya no eso ya no existe y apartir de este lunes tienen que pagar impuestos

me dice tambien cgun el costo de su laptop tienes que pagaaar.. emm emm "jaja mamo" mmmm ya le digo..
muchacho son 32 mil colones de impuestos :jajaja: como cagad de la riza me lo dijo y me dice traigala muchacho traiga su laptop

me dice si un familiar tuyo por ejemplo en usa le manda un paquete si lo puede exonerar
y le digo pero como se dan cuenta si es un familiar o no :S ???
y me dice por los apellidos

osea estan locos de verdad
y le digo no la verdad lo estoy pensando ya porque me parece un abuso


lo que yo digo el pais no quiere tener huelgas y marchas pero c la estan ganando
ya solo falta que los pedos tengan que pagar impuestos
 
Última edición:
Esa noticia es del 24 del 11 (noviembre) días antes que el Viceministro dijera que no se podía exonerar.

Confirmado, al menos en Aerocasillas si hizo trámite de exoneración se lo dejan almacenado hasta que se aclare el problema ya que están haciendo un recurso legal contra Aduanas pero hasta que sea solucionado se sabe si puedo o no aplicar exoneración (que podría pasar hasta un mes) o dejar que le le apliquen todos los impuestos para que no le peguen el paquete
 
yo comprare una laptop pero le pedi al mae que si me la manda sea como gif regalo talbs no quede pegada en aduanas
si tengo q pagar son 31 p 32 mil colones

es el 13% del costo de la laptop

pueden ver este perfil Yo defiendo mi derecho de exonerar | Facebook

El problema es que si viene sin factura los aforadores son muy cabrones y la pueden valorar muy alto y cobrarle más impuestos de la cuenta.

Aerocasillas está comunicando los siguiente a sus clientes.

=====
Estimados Clientes,
Esta semana, nuestra empresa presentó las peticiones de varios clientes para acogerse a la exención ante un funcionario de aduanas y tramitarlas tal como lo hemos hecho en los últimos 7 años. Esta fue la primera ocasión en que el funcionario aduanero se negó a tramitar las solicitudes de exenciones presentadas desde el inicio de los comunicados en la prensa por parte de las autoridades de aduanas y esto nos tomó por sorpresa.
Aerocasillas ha contratado una firma de servicios legales para aclarar el alcance del derecho de exención ante las autoridades judiciales. Sin embargo, no hay seguridad de cuánto tardará el proceso y cuál será la resolución final; por tanto:


  1. Estamos dispuestos a mantener los paquetes de exención dentro de nuestro Almacén Fiscal sin costo adicional hasta que exista una resolución definitiva por parte de las autoridades judiciales en relación con la exención.
  2. También podemos, si el cliente así lo decide, tramitar su paquete con nuestra agencia aduanal sin costo de manejo aduanal, en otras palabras, solamente sería necesario cancelar los impuestos de importación y gastos de transporte asignados al paquete.
Presentamos las dos opciones durante el mes de Diciembre.
Agradecemos la paciencia y comprensión de todos nuestros clientes ante esta situación que es ajena a nuestro control. Les estaremos informando de cualquier resolución o novedad.
Atentamente,
Gerencia General
Aerocasillas, S.A.

=====
 
si la dejan en aduanas yo tengo la factura de compra no me pueden inventar un costo mas alto q el de mi factura
 

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