Creo que en el registro de la propiedad sale quien presenta el embargo
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Saludos,
somos abogados y notarios,
existen 2 tipos de embargo
decreto de embargo y embargo practicado
como funcionan el decreto de embargo es la medida preventiva que existe para anotar los vehículos de una obligación pendiente, mas no se lo van a quitar, solo es para evitar que desaparezcan el bien, o lo traspasen y no pueda pesar el embargo sobre el bien, no se necesita notificación con la mera demanda y el pago del entero se puede anotar
el decreto practicado es el que ya existe notificación dentro del proceso judicial y se determina que existe la deuda y hay firmeza para poder cobrar recolectando los bienes, este es el que hay que temer ya que en cualquier reten se lo retiran.
mi consejo es que no se acerque al un juzgado de cobro, ni de civil, vaya a un contravensional y solicite el usuario de gestión en linea y consulte con un abogado para la revision del expediente.
puede contactarnos para poder ayudarte con la revision al WhatsApp 71047201 también podemos facilitarte el usuario si desea.