No
No es legal, el derecho del patrono termina donde empiezan los derechos del trabajador. El artículo 70 i) del código de trabajo prohíbe restringir los derechos del trabajador. El detalle esta en demostrar esas grabaciones y buscar las pruebas (su amiga). Puede renunciar alegando violación a la intimidad por su patrono para que le paguen completo sus extremos laborales. Lo que pasa es que no va a ser rápido, es más; es seguro sean años. Puede ir al Ministerio de trabajo, a hacer la denuncia y luego reclama los derechos que le dejen de pagar en los tribunales, con la prueba que recopile.