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Wilas

pensión alimenticia

Buenas tardes mi pregunta es la siguiente mi esposo tiene una pensión alimenticia de 55000 la cual se l da a su hija de 16 años. Ella se encontraba viviendo con nosotros pero no le gustan las reglas por lo tanto tuvimos muchos problemas donde estábamos viviendo y no echaron a las 8:30 pm con mi hija de 6 años dormida. La hija de mi esposo se encuentra en unión libre no esta estudiando y anda en drogas. Solo pone mensajes o hace llamadas para insultar sea al padre o a mi persona incluso amenaza con la misma pensión. Hay alguna manera de que la pensión se puede rebajar o si es posible quitar, dado el caso de que mi esposo se encuentra sin trabajo inclusive cuando trabaja lo que se gana es un salario mínimo de lo cual no l al anca para pagar 60 mil de una pensión 55 mil de otra y ayudarme con los gastos de la casa y de nuestra hija. Por favor espero su respuesta lo antes posible. Gracias.
 
Buenas yo no conozco mucho de este tema, pues siempre me cuido de no dejar panzona a alguna wila, no porque no quiera ser padre, sino por lo malagradecidos que son los hijos por mas que uno los intente educar bien, lo digo porque he tenido que alimentar, cuidar y enseñar a mis sobrinos sobre asuntos que le deberían corresponder a sus padres desnaturalizados y al final y al cabo no son agradecidos por lo que yo no me meto en lo que no me incumbe, pero si fuera mi problema, el problema que presentas yo haría esto para ver si existe la posibilidad de poner orden en los asuntos de mi familia si no tengo los huevos para ponerla en su lugar a la hija malagradecida. Así que optaría por esto, llevando todo los documentos necesarios para que me hagan una revaloración y ojala pruebas de que la chamaca se droga para que la envíen a un centro de tratamiento o lo que sea:

Reducción del monto de la pensión

Siempre se va a dar el principio de equidad, ya que la persona que paga la pensión también necesita recursos para su subsistencia, y de esta manera sufragar sus gastos, así que para eso nuestra legislación nos da el incidente de reducción de pensiones alimentarias, con el cual se pretende probar los gastos que el individuo tiene y que la pensión sea proporcional a sus ingresos, para que el principio fundamental de una vida digna siempre sea respetado.

¿Qué se entiende por procesos de modificación o extinción de la cuota alimentaria?


Son procesos mediante los cuales, cumplidas las circunstancias expresamente previstas por la ley, se puede modificar el monto que se debe pagar por concepto de pensión alimentaria, o incluso, en otros supuestos, extinguir la obligación.

· Aumento automático de la pensión alimentaria

Previsto para que semestral o anualmente, dependiendo del sector productivo asalariado o no asalariado en que se desempeñe el deudor alimentario, se aumente la cuota alimentaria en una proporción equivalente a los aumentos por costo de vida. (Art. 58 L.P.A.)

· Aumento/rebajo de pensión alimentaria

Previsto por la ley para el caso de que haya una modificación en las circunstancias del acreedor o del deudor alimentario, diferentes al aumento en el costo de vida, que justifique un aumento o rebajo de la cuota alimentaria. (Art. 58 párrafo 2do., 59 y 60 L.P.A.)


· Inclusión/exclusión de beneficiario

Previsto para incluir nuevos beneficiarios en una pensión alimentaria, o excluir a aquellos que conforme la ley, hayan perdido el derecho a recibir alimentos.

· Ejecución de sentencia

Previsto para hacer efectiva la obligación alimentaria, cuyo monto ha sido impuesto y determinado en un proceso de familia.
 
Es que eso es lo minimo, menos de eso no queda nada, esta en una situacion complicada su esposo y la arrastra a usted, y esa joven sin padre que no la cuida, como un menor vive en union libre, y en drogas, donde esta el papa de esa chiquita?
 
Es que eso es lo minimo, menos de eso no queda nada, esta en una situacion complicada su esposo y la arrastra a usted, y esa joven sin padre que no la cuida, como un menor vive en union libre, y en drogas, donde esta el papa de esa chiquita?


Lo que dice este señor es mentira... Puede por favor mostrarnos el código o ley en la cual se indique que el monto mínimo es 55000 colones mensuales como usted quiere hacernos creer? Come on get serious!

El padre de la "chiquita" (en drogas, union libre, no me parece tan "chiquita") el cual usted pregunta donde está, seguramente lo encontrará usted en la calle buscando trabajo, aguantando necesidad y pasando hambres, luchando por sacar a doña Fabiola y a su familia adelante. Usted en cambio le insinúa a Fabiola que el señor la está "arrastrando", como si de un barco hundiéndose se tratase, como si por ésta situación la señora tuviera que dejar a su marido, cuando en realidad este señor por lo que se lee no ha dejado de velar por su hija y tiene una pensión alimenticia impuesta que no para de cobrarse mes a mes y por una ley que no toma en cuenta si el señor tiene trabajo o no. Vaya, si mi familia me abandonase porque la estoy "arrastrando" porque tengo que ver como pago pensión, para qué familia entonces?

No leyó la parte donde dice que tiene otra hija y tiene que mantenerla? Usted cree que este señor no tiene que andar día y noche viendo a ver como se gana algunos pesos para comer y dar de comer a los suyos?

Este mae... en lugar de ver que la tal "chiquita" esta creciendo con esa mentalidad extorsionadora típica que tienen algun@s típicos parásitos sociales.

Porqué mejor señor abogado usted no le comenta a Fabiola que el señor puede ir al juzgado y que solicite un mes de gracia para buscar trabajo? además entiendo que si despues del mes no consigue trabajo puede solicitar un mes extra, creo. Tambien porqué no le recomienda uno que otro abogado bueno que usted conozca... no mejor eso no. Por ejemplo vea el comentario de Mediohuevo, no le parece mucho más acertado? Es un comentario de una persona que se nota, quiere ayudar.

Pura vida Mister y sepa que no es nada personal, pero mae estas son familias costarricenses reales que sufren con leyes desiguales y vienen buscando ayuda, no esos comentarios, no ayudan en nada, son desalentadores y no vienen al caso.
 
Última edición:
Inpedimento de salida del país por pensión alimenticia

Buenas noches a todos, es la primera vez que ingreso y me urge ayuda para resolver un problema. Resulta que no pude salir del país ya que aparece una pensión alimenticia de mi madre contra mí. Mi madre falleció el 31 de julio del 2013 hace más de un año y nunca tuvimos problemas con el tema de pago. Ahora, no hice ningún trámite para eliminar la demanda y ahora estoy pagando el precio por no haberlo hecho. Tengo el acta de defunción e hice una consulta al registro civil y aparece la defunción debidamente inscrita e indicada. Necesito resolver mi problema. Alguien me puede indicar cuál es el procedimiento más expedito para poder resolver y levantar el impedimento de salida, mi intención es poder viajar el lunes. Creen que pueda, por favor sus comentarios y consejos. Mil gracias.
 
Buenas tardes mi pregunta es la siguiente mi esposo tiene una pensión alimenticia de 55000 la cual se l da a su hija de 16 años. Ella se encontraba viviendo con nosotros pero no le gustan las reglas por lo tanto tuvimos muchos problemas donde estábamos viviendo y no echaron a las 8:30 pm con mi hija de 6 años dormida. La hija de mi esposo se encuentra en unión libre no esta estudiando y anda en drogas. Solo pone mensajes o hace llamadas para insultar sea al padre o a mi persona incluso amenaza con la misma pensión. Hay alguna manera de que la pensión se puede rebajar o si es posible quitar, dado el caso de que mi esposo se encuentra sin trabajo inclusive cuando trabaja lo que se gana es un salario mínimo de lo cual no l al anca para pagar 60 mil de una pensión 55 mil de otra y ayudarme con los gastos de la casa y de nuestra hija. Por favor espero su respuesta lo antes posible. Gracias.

Por favor podría indicarme si la pensión de 60 se la paga a una menor o qué edad tiene? Y cual es el salario de su esposo? Esto con el fin de poderla aconsejar mejor.

saludos

Es que eso es lo minimo, menos de eso no queda nada, esta en una situacion complicada su esposo y la arrastra a usted, y esa joven sin padre que no la cuida, como un menor vive en union libre, y en drogas, donde esta el papa de esa chiquita?

NO SEA BRUTO PARA HABLAR, DE ABOGADO UN PELO... Aconséjela en términos LEGALES, NO morales, para eso ud NO es profesional -en caso de que realmente sea profesional en algo-, su comentario está muy fuera de lugar y sobretodo para un supuesto abogado, aunque bueno ahora pareciera que cualquier patas vueltas "ejerce" la profesión...

Buenas noches a todos, es la primera vez que ingreso y me urge ayuda para resolver un problema. Resulta que no pude salir del país ya que aparece una pensión alimenticia de mi madre contra mí. Mi madre falleció el 31 de julio del 2013 hace más de un año y nunca tuvimos problemas con el tema de pago. Ahora, no hice ningún trámite para eliminar la demanda y ahora estoy pagando el precio por no haberlo hecho. Tengo el acta de defunción e hice una consulta al registro civil y aparece la defunción debidamente inscrita e indicada. Necesito resolver mi problema. Alguien me puede indicar cuál es el procedimiento más expedito para poder resolver y levantar el impedimento de salida, mi intención es poder viajar el lunes. Creen que pueda, por favor sus comentarios y consejos. Mil gracias.

Hola KCG1963 yo le aconsejo que vaya al juzgado de pensiones alimentarias donde estaba el proceso mediante el cual ud le pagó en vida la pensión a su madre, y lleve el acta de defunción y una certificación del registro civil sobre el fallecimiento de su madre y solicite que se cancele la pensión pues la beneficiaria falleció, con eso bastaría para que pueda salir del país, pues es una causal de extinción de la obligación alimentaria.

Saludos
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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