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Wilas

Divorcio con una mujer que tiene residencia temporal

Hola, un gusto saludarle esperando se encuentre bien

Me casé con una Dominicana, soy Costarricense, en enero ella llegó al país de RD y vivimos juntos hasta el día de hoy, pero se han presentado incompatibilidades en la forma de ser, costumbres etc que para los dos es mejor separarnos, a ella en estos días le sale la residencia temporal.


MI pregunta en concreto es la siguiente; Podemos divorciarnos? el matrimonio se encuentra inscrito en el registro civil costarricense.


Muy amable de su parte


saludos
 
solicite la nulidad de matrimonio ante el juzgado de familia, por ser tan poco tiempo, y ser ella extranjera, es mas facil, pague un abogado experto.
 
Ningún juzgado de familia va a concederle la nulidad de matrimonio por "incopatibilidad" en forma de ser o de costumbres. El Código de Familia busca proteger el matrimonio y la idea es hacer más difícil el divorcio en los primeros años. Pueden divorciarse por alguna causal, pero incompatibilidad no constituye causal.
 
La Nulidad del Matrimonio está estipulada en elartículo catorce del Código de Familia y sus efectosson la anulación de todos los actos posteriores a ladeclaración de la nulidad, se puede dar por tres factores, mental, fisico, y algun problema legal, en este caso puede ser, por obtencion de naturalizacion sin su consentimiento, en ningun parrafo de la contestacion que realice anterior, indica que fue por incompatilidades, o gusto fisico de la conyuge, como quieren interpretar las personas que contestan y realizan esas afirmaciones, y de paso le indique que se buscara un experto en esos temas, el cual no soy, pero si he visto muchos casos de extranjeros, ahh, y al Estado no le interesa si usted quiere conservar su matrimonio o no, saludos
 
... de paso le indique que se buscara un experto en esos temas, el cual no soy, pero si he visto muchos casos de extranjeros, ahh, y al Estado no le interesa si usted quiere conservar su matrimonio o no, saludos

No, abogado Esquivel, por supuesto que al estado no le interesa si usted quiere o no conservar su matrimonio; pero eso no fué lo que yo escribí. Puse que el Código de Familia busca proteger el matrimonio. Baso esa afirmación interpretando el artículo 11 que dice que el matrimonio es la base de la familia y el artículo primero que dice textualmente: "Es obligación del Estado costarricense proteger a la familia".
 
Por cierto, al desempolvar mi viejo Código de Familia, para ver si la cita textual del Primer Artículo era exacta, verifiqué que el artículo 14 habla sobre la imposibilidad de casarse cuando las personas están ya casadas, entre ascendientes y descentiendes por consanguinidad o afinidad, entre hermanos et al. Es el 15 el que hace anulable un matrimonio pero veo un poco "jalada del pelo" la interpretación que le da el abogado Esquivel pues los incisos dicen textualmente:

1. En el caso de que uno o ambos cónyuges hayan consentido por violencia o miedo grave, o por error en cuanto a la identidad del otro;
2. De quien carezca, en el acto de celebrarlo, de capacidad volitiva o cognoscitiva.
3. De la persona menor de quince años;
4. Del incapaz por impotencia absoluta o relativa, siempre que el defecto sea por su naturaleza incurable y anterior al matrimonio; y
5. Cuando fuere celebrado ante funcionario incompetente.

Reitero mi criterio de que lo mejor para el interesado es buscar la disolución matrimonial por causal pues la nulidad, en mi experiencia y la jurisprudencia, en un matrimonio tan joven (de apenas meses) es muy poco probable en nuestros tribunales.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Al que me habla anterior no se donde saca que yo estoy contradiciendo con lo que el Estado indica la proteccion del matrimonio, pero esta bien la aclaracion, y como dije anterior no es mi campo, no llevo familia, tal vez las nulidades que haya visto de varios colegas, pero nunca dije que se declarara nulo por gusto fisico o incompatibilidad, por eso indique, que el tema es de un experto, tal vez la persona que pregunta, tenga otras afirmaciones que un experto pueda analizar y resolverle, que pueda declarar nulo el matrimonio, o el divorcio, no est un tema de foro al final, menos de discusion de criterios, porque el preguntador tiene que ser ma amplio , saludos
 
Última edición:
Al que me habla anterior no se donde saca que yo estoy contradiciendo con lo que el Estado indica la proteccion del matrimonio, pero esta bien la aclaracion, y como dije anterior no es mi campo, no llevo familia, tal vez las nulidades que haya visto de varios colegas, pero nunca dije que se declarara nulo por gusto fisico o incompatibilidad, por eso indique, que el tema es de un experto, tal vez la persona que pregunta, tenga otras afirmaciones que un experto pueda analizar y resolverle, que pueda declarar nulo el matrimonio, o el divorcio, no est un tema de foro al final, menos de discusion de criterios, porque el preguntador tiene que ser

Si no es experto para que habla papaya....preguntador jajajs se la saco de la.manga la palabra
 
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