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Wilas

Consulta Laboral Despido

Buenas tardes, quisiera consultar sobre una situación que se presentó en un lugar de trabajo de uno de mis clientes: resulta ser que el empleado ingresa a laborar a las 7 am y tipo 8:20 am sostiene una fuerte discusión con un tercero ajeno al negocio por el traslado de unos equipos, ya que se estaban trasladando a otro local, por lo que este empleado se retiro de su puesto laboral y no se presentó más en todo el día. Al día siguiente al dueño le llegan a informar que el empleado sufrió un accidente en moto, debido a que desde el día anterior que abandonó el trabajo se fue a consumir licor y en horas de la noche fue que sucedió el accidente y ahora el empleado está incapacitado.

La consulta es si mi cliente puede despedir sin responsabilidad patronal a este empleado por haber hecho abandono del trabajo?? o cual sería el procedimiento formal para concretar el despido sin responsabilidad patronal..

Agradezco sus comentarios al respecto..

Gracias..
 
De hecho mi cliente le hizo x la tarde la carta de despido por haber dejado el trabajo (aún no había ocurrido el accidente, que de por sí no fue laboral), basado en una carta de hechos firmada por el resto de empleados que sirvieron de testigos. Además de esto, que otra cosa se necesitarpía para documentar el caso??
 
Bueno, el abandono opera si el trabajador falta dos días consecutivos o 3 alternas en el mismo mes, por lo que con esa causal ya perdió el juicio. Ahora lo puede suspender si existe un reglamento interno aprobado por el MTSS; además hay que valorar el tiempo que estuvo con el fin de que el despido no sea desproporcional, por último si lo va a despedir que sea mejor por el 81.L del Código de Trabajo, pero le informo que no tiene mucho sustento, por último si debe de estar atento que el trabajador sea atendido por la CCSS y no por el INS porque no fue un accidente laboral, tuanis

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#1 en FACTURA ELECTRÓNICA

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