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Wilas

Cuando exigir desembolso de liquidacion labora?

Gokus4

Super Sayeryin 4
EXILIADO
ANÓNIMO
Hasta el dia de hoy nunca he visto una explicacion clara y conciza con la ley para cuando una empresa debe de pagar la liquidacion laboral!

Dice en ley laboral que la liquidacion laboral se debe de pagar al trabajador el ultimo dia laboral, pero por propia experencia y de amistades, ninguna empresa se atiene a esto ya que siempre le dice a uno que pagan 30 dias despues de que uno haya dejado de laborar en la empresa, aun que no hay ninguna ley que justifique esto.

Igualmente si uno renuncia o es despedido con responsabilidad patronal te aplican los mismos 30 dias, sin justificacion real!

Si yo hoy cumplo mi ultimo dia de preaviso o soy despedido sin preaviso por motivos de que mi patrono no me quiera ver mas la cara, bajo que ley o decreto me puedo apoyar para poder obtener mi liquidacion ese mismo dia, que seria mi ultimo dia laboral y poder rechazar ese argumento de los 30 dias????

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Recomendación

En la buena teoría, lo tienen que liquidar, el día que usted vaya por última vez a la empresa, pero esto es teoría, no en la práctica y no pasa casi en ninguna empresa.

Le recomiendo que tome el tiempo que la empresa le está diciendo (no más de 30 días naturales), eso si, que quede claro ese plazo en una carta, firmada por un representante de ellos.

Si cumplido este plazo, no ve luz, llame a la empresa, presione y si no le dan una repuesta satisfactoria ese mismo día, vaya al Ministerio de Trabajo a interponer la denuncia correspondiente e inicie un proceso.

Por lo general, una vez que notifican a la empresa, van a tratar de conciliar con usted y está en usted si acepta o no (si es satisfactorio para usted, fírmelo en el RAC (oficina de resolución alterna de conflictos) para que quede en firme como sentencia, por si le fallan, pero siempre es mejor un buen trato, que un mal pleito.

Con la nueva reforma, a ningún patrono le sirve irse a juicio, porque si pierden, les sale el caldo más caro que el huevo, por tener que pagar abogado propio, lo que le deben a usted más intereses, etc y el 50% de lo que usted pida, será el honorario de su abogado, que si usted gana menos de 800,000 cañas, el Estado le provee uno, de manera gratuita.

Suerte!
 
Buen día,

En realidad no hay una norma expresa y clara en el Código de Trabajo que indique el plazo para pagar las prestaciones laborales. La jurisprudencia ha establecido que el pago debe hacerse en el mismo acto del despido.

Sin embargo, en la práctica se considera que es normal que dicha liquidación se haga con el último pago que se la hace al trabajador de su salario, o bien, dentro del mes siguiente. No es un plazo que otorga la ley, sino una costumbre. Lo que debe imperar siempre es la buena fe entre las partes.

Saludos,

CJM Abogados
www.abogadosfamiliacr.com
[email protected]
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Muchas gracias por su respuesta. Suponiendo que hay buena fe de que uno se vaya sin motivos negativos de la empresa ya sean de uno o de la empresa.

Pero en dado caso que no me encuentra conforme con este resultado y quisiera presionat o exigir mi pago de inmediato, sea cual sea la circunstancia, existe alguna manera de poder presionar o exigir la liquidacion para que la desembolsen el ultimo dia laboral?

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Muy dificil, si la empresa ya tiene contemplado pagarlo en el periodo de 30 dias y ya esta en proceso de generar el cheque y demas en ese periodo es mas lo que va a durar peleandose que esperando un mes.

Muy diferente si la ofrecen plazos mayores, que le pagan a paguitos de polaco por 3 o 6 meses o cosas asi, ahi si puede buscar la via legal.

Pero si es lo primero, mejor se espera.
 
Pero en dado caso que no me encuentra conforme con este resultado y quisiera presionat o exigir mi pago de inmediato, sea cual sea la circunstancia, existe alguna manera de poder presionar o exigir la liquidacion para que la desembolsen el ultimo dia laboral?

Solo que le secuestre a un familiar al dueño de la empresa o algo así, por vía legal hasta donde todos los abogados que han pasado por aquí han escrito y que yo recuerde no existe forma de "exigir" pago inmediato y si ud mete pleito posiblemente pasen meses para llegar a conciliación y si llega a juicio aún MAS tiempo :idea:
 

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