Hasta el dia de hoy nunca he visto una explicacion clara y conciza con la ley para cuando una empresa debe de pagar la liquidacion laboral!
Dice en ley laboral que la liquidacion laboral se debe de pagar al trabajador el ultimo dia laboral, pero por propia experencia y de amistades, ninguna empresa se atiene a esto ya que siempre le dice a uno que pagan 30 dias despues de que uno haya dejado de laborar en la empresa, aun que no hay ninguna ley que justifique esto.
Igualmente si uno renuncia o es despedido con responsabilidad patronal te aplican los mismos 30 dias, sin justificacion real!
Si yo hoy cumplo mi ultimo dia de preaviso o soy despedido sin preaviso por motivos de que mi patrono no me quiera ver mas la cara, bajo que ley o decreto me puedo apoyar para poder obtener mi liquidacion ese mismo dia, que seria mi ultimo dia laboral y poder rechazar ese argumento de los 30 dias????
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Dice en ley laboral que la liquidacion laboral se debe de pagar al trabajador el ultimo dia laboral, pero por propia experencia y de amistades, ninguna empresa se atiene a esto ya que siempre le dice a uno que pagan 30 dias despues de que uno haya dejado de laborar en la empresa, aun que no hay ninguna ley que justifique esto.
Igualmente si uno renuncia o es despedido con responsabilidad patronal te aplican los mismos 30 dias, sin justificacion real!
Si yo hoy cumplo mi ultimo dia de preaviso o soy despedido sin preaviso por motivos de que mi patrono no me quiera ver mas la cara, bajo que ley o decreto me puedo apoyar para poder obtener mi liquidacion ese mismo dia, que seria mi ultimo dia laboral y poder rechazar ese argumento de los 30 dias????
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