Hola gente y Sr. Abogado: desde el 2007 tengo un préstamo de vivienda con el Banco Popular.
Detrás de la casa queda un río. Por tanta lluvia el lado que NO colinda con mi casa se derrumbó/deslizó.
Hoy vinieron del ministerio de salud y nos entregaron una orden de desalojo y declararon mi casa y las de mis vecinos inhabitables por el peligro que representa un tapón de agua de la ladera opuesta.
Llamo al INS y me dicen que la póliza que pago en el préstamo solo aplica si hay daños en la propiedad (actualmente no hay).
Mi pregunta es: ¿Cómo dejo de pagar al banco una vivienda que el ministerio no me deja habitar?
Me han dicho que simplemente deje de pagar y que se la deje el banco. Pero me preocupa manchar mi record crediticio. Y si lo hago ¿pueden embargarme el salario?
¿Será que al final tendré que seguir pagando?
¿Alguien aquí ha pasado una situación así?
Detrás de la casa queda un río. Por tanta lluvia el lado que NO colinda con mi casa se derrumbó/deslizó.
Hoy vinieron del ministerio de salud y nos entregaron una orden de desalojo y declararon mi casa y las de mis vecinos inhabitables por el peligro que representa un tapón de agua de la ladera opuesta.
Llamo al INS y me dicen que la póliza que pago en el préstamo solo aplica si hay daños en la propiedad (actualmente no hay).
Mi pregunta es: ¿Cómo dejo de pagar al banco una vivienda que el ministerio no me deja habitar?
Me han dicho que simplemente deje de pagar y que se la deje el banco. Pero me preocupa manchar mi record crediticio. Y si lo hago ¿pueden embargarme el salario?
¿Será que al final tendré que seguir pagando?
¿Alguien aquí ha pasado una situación así?