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Wilas

Embargo de bienes por pensión Alimenticia

Buenas tardes foreros, una consulta mi hijo tiene casi 10 años y actualmente le deposito mes a mes la pensión alimenticia que dictaminó el juzgado, cabe destacar que NUNCA estuve casado con la madre de mi hijo y que NUNCA he sido irresponsable con el pago de la cuota de pensión. Mi consulta es la siguiente yo poseo un vehículo año 2015 existe la posibilidad de la que madre de mi hijo pueda embargarme el vehículo o alguna otra propiedad que aparezca a mi nombre? Gracias por la ayuda! Saludos
 
Tio . . . a versh . . .

por què habrìa de ´embargarte` algo si dices q estàis al dìa con tus obligaciones ? ? ? ( empecemos por ahì )
 
Tio . . . a versh . . .

por què habrìa de ´embargarte` algo si dices q estàis al dìa con tus obligaciones ? ? ? ( empecemos por ahì )

Precisamente esa es el detalle... Yo todos los meses deposito en la cuenta del juzgado el monto correspondiente de la pensión alimenticia y por eso es q se me hace difícil creer que me puedan embargar algún bien, pero quería estar bien informado ya que de leyes no conozco absolutamente nada... 😅😅
 
Tio . . . a versh . . .

por què habrìa de ´embargarte` algo si dices q estàis al dìa con tus obligaciones ? ? ? ( empecemos por ahì )

Sera que le pagas qualquier cochinada,,
porque para tener un caro2015!! Algo estas escondiendo ,por ejemplo;lo que estas ganando..
Es tu hijo dele una pension decente..
 
Sera que le pagas qualquier cochinada,,
porque para tener un caro2015!! Algo estas escondiendo ,por ejemplo;lo que estas ganando..
Es tu hijo dele una pension decente..

Y para ud cuál sería el monto de una pensión alimenticia decente?? Porque según estudios del Poder Judicial la mayoría de pensiones alimenticias en Costa Rica rondan el promedio de ₡90000 por mes y le puedo garantizar que pago más de pensión que el promedio...
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Buen día,

El embargo sobre sus bienes procedería en caso de incumplimiento del pago de la pensión, y se cobrara judicialmente el monto adeudado, ya que de conformidad con el artículo 30 de la Ley de Pensiones Alimentarias, la resolución que dicte las sumas adeudadas es título ejecutivo, es decir, se puede cobrar judicialmente.

Si usted está al día en sus obligaciones, no tiene por qué preocuparse de una anotación de embargo sobre su vehículo.

Saludos,

Abogados Costa Rica - Abogados Familia Costa Rica | Abogados Familia Costa Rica
 
Ojo

saludos, como bien lo dijo el licenciado arriba, mientras estes al dia, no hay motivo para un embargo, unicamente debes de ser cuidadoso con los bienes materiales que compres, tales como carros, lotes, e incluso su status, viajes al exterior, o fines de semana en hoteles lujosos, o cenas muy frecuentes en restaurantes finos, ya que si a la actora se le antoja solicitar un aumento de la cuota alimentaria, facilmente puede demostrar que Ud tiene capacidad de pago, debido a los "lujos" que mencione arriba. Ya que aunque la ley dice que la responsabilidad alimentaria es solidaria(50% papa y 50% mama), y que la pension se fija sobre la necesidad de los menores(y no sobre tu salario); esto en la practica no se cumple y las juezas generalmente le van a dar la razon a la mujer........solo para que lo tengas en cuenta.....como consejor, si va para una cena o un bar, pague en efectivo, si te vas de viaje, trate de que alguien mas compre los tiquetes(y vos les pagas en efectivo). Esto debido a que se puede dar el caso de que soliciten romper su secreto bancario, y ahi sale absolutamente Todo lo que ud paga con las tarjetas....entonces si tenes muchos pagos de bares, restaurantes, night clubs, compras por internet, etc etc...todo eso te puede jugar muy en contra y facilmente te aumentan el monto de pension......esta mierda de las pensiones son un campo minado...siempre hay que estar bien asesorado.
 

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