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Wilas

consulta sobre cesantia ayuda

Buenos dias la pregunta es la siguiente .


estuve trabajando para una empresa privada localizada en canas guanacaste llamada ingenio taboga S.a la cual juega sucio estuve trabajando para ellos en la zafra al final
del contrato valiéndoce de ignorancia del trabajador no le paga la cesantia siendo la unica empresa ,ingenio que no la paga con la excusa que no tienen porque pagarla
segun me dijo la del ministerio de trabajo cosa que estan pintados. trabaje durante la temporada 2013-2014 y despues 2014-2015 despues de eso no me volvieron a llamar
3 anos despues me doy cuenta sobre eso que le deben la voy a cobrar y me dicen que no puedo segun entiendo es un derecho ...el monto de dicha deuda es de 700 mil colones. trabaje continuamente 11 meses. durante dos temporadas , asi que mi pregunta es ellos pueden no pagarme si es mi derecho o hay una forma mas dura para hacer que me paguen . ademas el ministerio de trabajo esta pintado ahi les dejo la foto de mi hoja para que vean que no miento, aparte aclaro no volvi a trabajar ahi porque no me volvieron a llamar mas
 

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Buen día,

Muchas de estas empresas funcionan contratando personas por tiempo determinado, con el fin de poder dar abasto con las cosechas. Por tal razón, en teoría, las empresas no están obligadas al pago de la cesantía, por ser contratos a tiempo definido.

Nuestra jurisprudencia así lo ha manifestado: "motivo de la relación laboral de que se conoce, la misma ha de considerarse como una a plazo fijo y, en consecuencia, es improcedente el extremo del auxilio de cesantía,
que reclamó la actora (en ese sentido, véanse, de esta Sala, los Votos N° 26, de las 15:10 horas, del 10 de enero del 2001; y, N° 78, de a las 11:20 horas, del 27 de
febrero del 2002).

Por tal razón, la recomendación nuestra es revisar el caso en específico con el fin de determinar si es una contratación a plazo definido o por el contrario, a tiempo indefinido. Si se tiene claridad que es a tiempo indefinido, y por lo tanto procede el auxilio de cesantía, lo ideal sería de una vez entablar la demanda por la falta de pago en los Tribunales de Justicia.

Saludos,

Abogados Costa Rica - Abogados Familia Costa Rica | Abogados Familia Costa Rica
 
Buen día,

Muchas de estas empresas funcionan contratando personas por tiempo determinado, con el fin de poder dar abasto con las cosechas. Por tal razón, en teoría, las empresas no están obligadas al pago de la cesantía, por ser contratos a tiempo definido.

Nuestra jurisprudencia así lo ha manifestado: "motivo de la relación laboral de que se conoce, la misma ha de considerarse como una a plazo fijo y, en consecuencia, es improcedente el extremo del auxilio de cesantía,
que reclamó la actora (en ese sentido, véanse, de esta Sala, los Votos N° 26, de las 15:10 horas, del 10 de enero del 2001; y, N° 78, de a las 11:20 horas, del 27 de
febrero del 2002).

Por tal razón, la recomendación nuestra es revisar el caso en específico con el fin de determinar si es una contratación a plazo definido o por el contrario, a tiempo indefinido. Si se tiene claridad que es a tiempo indefinido, y por lo tanto procede el auxilio de cesantía, lo ideal sería de una vez entablar la demanda por la falta de pago en los Tribunales de Justicia.

Saludos,

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amigo gracias por responder claro es por tiempo definido ya que es temporal pero la duda mia es que hay personas que si le pagan esa cesantia pero segun ellos el motivo por el cual no me pagan es porque deje de trabajar del 2015 en adelante pero fue porque no me llamaron mas y por eso no volvi ahora una persona que tenia la mama trabajando en dicha empresa en recursos humanos cobra esa plata porque a ella la despidieron y como no labore mas segun ellos no me pagaran .cosa que no lo hice porque no me llamaron
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Si no estoy mal las obligaciones de cesantía prescriben a los 2 años, si estoy en lo correcto tuviera o no derecho, el plazo para reclamar ese derecho ya caducó :idea:
 
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