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Wilas

Acceso a instalacion deportiva publica

Es posible que una institucion publica como un polideportivo municipal a traves de los salvadidas u otro personal obliquen a alguien a firmar un documento , siendo esa persona uno de sus clientes(definiendo cliente como el que cancela un monto por la posibilidad de usar las instalaciones y tener un entrenador), a que les exima en el caso de que una persona padezca por ejemplo una enfermedad del corazon, a que si la persona muere dentro de la institucion esta no les pueda pegar una demanda a los salvavidas o la institucion ?
O que le digan a la persona que si no trae un dictamen medico que diga que por ejemplo puede nadar , no le permitiran usar las instalaciones?


Suponiendo que hubiera demanda. Porque me imagino que una demanda por negligencia en el deber, no se ve afectada por si estabas enfermo o no de algo.Sino por que no se presto el servicio de manera oportuna
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Si es posible y prudente de hecho. Ud dice que paga por entrenamiento, y preguntese ud como se cerciora que la persona o cliente puede soportar el ritmo de entrenamiento o si dice la verdad sobre su condicion medica. Es obvio que no se trata de un chapuzon en una piscina publica, donde si violentaria el derecho a uso a una instalacion de uso publico, al menos eso es lo que se entiende de su consulta.
 
Aclaraciones

1) La persona lleva años haciendo la rutina. Tuvo una especie de desmayo hace varios meses y no estaba el salvavidas. El mismo llego mas de 10 minutos despues del problema acaecido y no siguio ningun protocolo. Ni siquiera llamaron ambulancia. Lo que indica que pareciera que ni siquiera consideraron grave el evento.


2) La persona si tiene autorizacion de su medico de nadar. Mas bien es recomendado por el medico ya que le ayuda a regular su presion arterial.


3) No es reglamento del polideportivo pedir una carta de autorizacion medica para cualquiera que llegue a nadar con entrenador o sin entrenador.


4) Si uno se acoge a la 7600, no se puede bloquear el acceso a una instalacion deportiva basado en una discapacidad(en este caso un padecimiento cardiaco, que no es letal)


5) Lo que se nota es que el salvavidas , que fue quien inicio la peticion de un dictamen medico, no entiende que no importa el dictamen medico, si el no esta y la persona muere por lo que sea , sigue siendo su responsabilidad.
 
Ok ya se aclara el panorama.

Ahi lo que hay es salvavidas jugando de carguita jajaja.

Ya en serio, si el lugar es de administracion municipal, por competencia debe hacer el reclamo por escrito ahi. Normalmente hay un departamento de instalaciones deportivas, averiguese el nombre exacto de esa seccion y lo dirige.

Si lo deniegan, pida que le den "el agotamiento de la vía administrativa" y pone un recurso de amparo.

Por mandato legal, la materia municipal se debe agotar previo al amparo.

Si no sigue ese orden se lo rechazan de plano.

Animese y hagalo, asi sienta un buen precedente para la comunidad.

P.D: Consigase el nombre del salvavidas para que la queja o recurso vaya con un responsable de limitar el derecho a la recreacion.
 
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