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Wilas

Tengo una consulta acerca de un arreglo legal.

Buenas tengo una consulta. Tengo un amigo que le presto dinero a una mujer, ella y otra son fiadoras de la letra de cambio. Una no paga y mi amigo las demanda, entonces una cancelo el 60%, pero como mi amigo le debia dinero le cedio el restante 40% y le dio un carro. Ahora una de las mujeres demando a la otra que la contrademando diciendo que X tiene una deuda con ella, acuerdan suspender por tres meses el proceso, pero como no hay arreglo el juicio sigue, y una ofrece a la otra un cambio de deudores y la otra lo acepto, y dice que le eliminen parte de la deuda como señal de buena fe y por tiempo transcurrido. La otra fallecio lamentablemente, pero segin los principios de los titulos valores, ¿subsisten las deudas?

Gracias por la ayuda!
 
La obligación no se extingue con la muerte, se abre el sucesorio, se nombra albacea y este continúa en representación del fallecido. Los únicos dos casos donde la responsabilidad se extingue con la muerte son la obligación alimentaria y la responsabilidad penal.
 

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