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Wilas

Embargo de salario con pension

Yo tengo entendido que si pegan pensión ya no se les puede enbargar el sueldo

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Por eso indico que si el monto que queda es suficiente de acuerdo a la ley si cabe un embargo. Todo va a depender del salario de la persona, el monto por pensión y el restante que quede. Al salario bruto se le rebajan las cargas sociales (renta también si aplica) y el salario mínimo que es inembargable. Luego se aplica el rebajo de la pensión alimentaria y el saldo que queda (si existe) es embargable en una octava parte.
 
Si a Ud después de rebajarle el monto de la pensión le queda un neto de 150mil o más el embargo procede al rebajo si le queda menos de ese monto no le rebajan pero siempre el embargo queda practicado ósea igual lo manchan

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Si a Ud después de rebajarle el monto de la pensión le queda un neto de 150mil o más el embargo procede al rebajo si le queda menos de ese monto no le rebajan pero siempre el embargo queda practicado ósea igual lo manchan

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El porcentaje del embargo es de un 5%del sueldo


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