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Wilas

Embargo judicial proceso

Buenos días foreros

Se que es un tema ya muy conversado pero quisiera saber si alguien conoce el proceso del embargo judicial ybla formula o cálculo de los rebajos que se le realizan al salario por embargo judicial.

En resumen de mi parte no tengo propiedades ni bienes a mi nombre, simplemente soy asalariado con 2 pensiones alimentarias, la pregunta la hago porque no conozco bien el alcanze o el proceso que hay y también cuabto dinero ellos tienen derecho a quitarme de mi salario mensual.

Saludos

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#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Compañero y en caso de que las pensiones sean voluntarias.... Habria quw pasarlas ya formales [que la madre de mi hija me la ponga por medio de juzgado] para que accedan al embargo?

Enviado desde mi LG-H870 mediante Tapatalk

Si la pensión usted la paga voluntariamente y no fue fallada por un juez; entonces su salario no se ve afectado por esos rebajos y por ende; no se puede calcular ante situación de embargo, porque es jurídicamente injustificable.

Lo mejor es llegar a un acuerdo con la ex doña o la mamá de los hijos y que haya una sentencia firme, que usted está obligado a pagar X cantidad por mes; así esa parte de su salario, se toma en cuenta, ante una situación de embargo.
 
Opinión
TIPS LEGALES EN EL COBRO JUDICIAL
Lic. Gerardo Morales
El salario de los trabajadores está protegido de embargos en general, porque es el único ingreso para el sostenimiento propio y familiar.

La primera protección deriva del párrafo primero del artículo 172 del Código de Trabajo.

Ningún salario podrá ser embargado en su totalidad. Los sueldos inferiores a tres salarios mínimos , serán embargados en un 12.5%. Esto significa que el 78.50% del salario, le deberá ser entregado al trabajador embargado.

Los salarios superiores a tres veces el salario mínimo, podrán ser embargados o retenidos, hasta en un 25%, con lo que el trabajador recibirá el 75% del sueldo que le corresponda.

Esto significa que los porcentajes máximos de embargo, decretan la inembargabilidad de los porcentajes que quedan a salvo.

Pero hay una regla específica: ningún salario mínimo inferior, puede ser embargado. Esto significa que, ante cualquier deuda civil, el trabajador con el menor rango de sueldo, dispondrá de él en su totalidad.

La única excepción está en la aplicación de embargos por pensión alimentaria, en los que se permite un embargo hasta de un 50% del salario de cualquier monto.

Como protección adicional, la existencia de múltiples órdenes de embargo judicial, se aplicará por orden de tiempo en cuanto a la deducción.

No se admite la retención de más de un embargo. Los demás pendientes, tendrán que hacer fila, hasta que se pague el anterior.

Actualmente, el salario mínimo inferior, el más bajo de todos, anda por trescientos mil colones. Este salario no aguanta embargos, salvo la excepción dicha.

El embargo o retención, no es abono a la deuda. Es un dinero que se mantiene y aumenta según pasen las retenciones, en la cuenta del juzgado. Mientras tanto, el acreedor, feliz de la vida, hace liquidaciones periódicas de intereses, y la deuda crece, incluso a niveles tan altos como el 52% anual, en tarjetas de crédito. Ante esto, el deudor debe estar atento, con abogado y ojo en el expediente, para que se gire al acreedor todo dinero que se le retenga, en abono al capital. Esto disminuye el monto deudor, y los intereses.

Parece materia muy técnica, pero es de lógica de prestamista.

Una de las ventajas de estar embargado por pensión alimentaria, es que todas las demás deudas rebotan, pues es un embargo a la vez. Una pensión puede durar hasta 25 años.

Ante una notificación de cobro, o monitorio de cobro judicial, que es lo mismo, atienda el mensaje que tiene toda notificación: defenderse en un tiempo determinado, de 15 días hábiles. No se debe esperar al último día, porque sus asesores legales podrían tener otros compromisos. Al día siguiente, a más tardar, busque quien lo defienda y conozca de cobros judiciales...... PARA QUE PELE EL OJO ...
 
Para que no le afecte un embargo por pension,,,,tiene que ser deducida del salario o sea estar embargo por la misma .....
Lo anterior lo dice el papel o la ley.(nota arriba) .pero hay casos que embargan mas y dejan limpio al individu . Y eso tiene que apelarlo..
 
Para que no le afecte un embargo por pension,,,,tiene que ser deducida del salario o sea estar embargo por la misma .....
Lo anterior lo dice el papel o la ley.(nota arriba) .pero hay casos que embargan mas y dejan limpio al individu . Y eso tiene que apelarlo..
Una consulta yo tengo un embargo pero ya hize un acuerdo y pague la deuda, cuanto dura el juzgado en levantar el embargo?

Gracias
 
Deudas con Promerica

Hola amigos, espero que alguno me pueda ayudar con un consejo, tengo varias deudas, entre esas, estan los malparidos de Promerica, lastimosamente en mi pasado cometí errores con tarjetas de crédito, mi salario no me alcanza xq si pago deudas mi familia no come y no pago casa o servicios.
A Promerica no le abonaba desde Enero, para evitar tanta llamadera le hice un pago de 80 mil ya que el pago eran $96. Empezaron las llamadas, lastimosamente, en 15 dias me estaban pidiendo otros 80 mil que no podia pagar.
El dia de hoy me llama una acrededora de credito, me indica que ya mi pago va para cobro judicial, que a mañana tengo que pagar 2 500 000 para detener este proceso o minimo pagar quinientos mil en 24 horas

Estoy desesperado, que me aconsejan
 
Hola amigos, espero que alguno me pueda ayudar con un consejo, tengo varias deudas, entre esas, estan los malparidos de Promerica, lastimosamente en mi pasado cometí errores con tarjetas de crédito, mi salario no me alcanza xq si pago deudas mi familia no come y no pago casa o servicios.
A Promerica no le abonaba desde Enero, para evitar tanta llamadera le hice un pago de 80 mil ya que el pago eran $96. Empezaron las llamadas, lastimosamente, en 15 dias me estaban pidiendo otros 80 mil que no podia pagar.
El dia de hoy me llama una acrededora de credito, me indica que ya mi pago va para cobro judicial, que a mañana tengo que pagar 2 500 000 para detener este proceso o minimo pagar quinientos mil en 24 horas

Estoy desesperado, que me aconsejan
..Man si la casa es propia traspasela hoy..mismo...igual si tiene carro....
 

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