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donacion, testamento, venta o que...

  • Iniciador del tema Susana Peña
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S

Susana Peña

Invitado
me recomiendan los entendidos en la materia legal ,

Buen día ,expongo mi caso un momentito :

resulta que una tía quiere 'donarme' o 'dejarme' totalmente a MI FAVOR una propiedad , pero resulta q ésta ( la propiedad ) no se puede vender , ELLA ( mi tía ) tiene la nuda propiedad , el usuructo lo recibe la MADRE de mi tía )

ELLA ( mi tía ) quiere q usufructos y TODO relacionado a mi favor ,

disculpen , no sé si he hecho mucho enredo , pero estoy en una mala situación , espero me puedan tirar alguna luz en éste tunel oscuro en que me encuentro,

MIL gracias a todos ...
 
Según lo que yo entiendo si se puede vender donar o traspasar, pero el usufructo será de la madre de la tía hasta que se extinga o renuncie al mismo :idea:
 
Dios lo bendiga don Tigre ,

me faltó una aclaración , la propiedad q me quieren donar o traspasar o heredar ( testamento ) , NO me la 'pueden vender' ,eso era -ES- lo ideal , por un enredo con la famosa Ley de Condominios , aunque suene inverosímil ,
a mi TIA , le heredaron casa y la propiedad por la q estoy consultando ( condominio pero NO de esos de lujo , no vayan a creer ) , será q cuando muera Abuela ,ella (mi tia ) también tiene que renunciar al usufructo en caso de 'donación' o como sería la figura en caso de 'testamento' hacia mi persona , y cúal el más favorable para mi caso ?

muchas gracias de antemano !
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
De dònde eres ? si eres Herediana puedes ir a los consultorios juridicos GRATUITOS !

en s. j. sè de consultas gratuitas en la ucr , en las demàs provincias ni idea . . .

LMGTFY

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por cierto , que mal està este subforillo , desde ke tribo_NO_se_kè , se retiro del foro , la SOLIDARIDAD NULA , se sabe q los leguleyiyos cobran hasta por dar la hora , pero manda 'guevo' , nada cuesta ayudar ( los q saben -porke para q malinformen mejorsh vayan a kagarsh- )

:fijo:
 
Buen día,

Como se indicó anteriormente, si un inmueble tiene un usufructo, puede ser vendido, sabiendo el que lo adquiere que debe de tolerar el usufructo. Si el usufructo es vitalicio, solo morirá cuando la persona muera. Si usted recibe el inmueble ya sea por donación, venta o herencia, siempre deberá de respetar el usufructo.

En atención a esto, lo ideal sería en un principio, que se hiciera una donación del inmueble a su favor, sabiendo que usted recibiría el bien con el usufructo y que lo debe de respetar hasta que se extinga.

Si usted indica que no se puede realizar la donación o venta (me parece que esto debería de analizarse), quedaría entonces la vía de la herencia mediante un testamento. Para que usted se convierta en propietario una vez fallecida la actual propietaria. Pero sabiendo que no será automático, sino que se deberá de realizar un proceso sucesorio para "ejecutar" el testamento.

Saludos,

Abogados Familia Costa Rica - CJM Abogados | Abogados Familia Costa Rica - CJM Abogados
 
Muy agradecida CJM abogados , estarè llamando a su oficina mañana mismo !
 

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