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Wilas

Duda con Mortual y Otros Asuntos

Buenas y Saludos Foreros... a ver si me aclaran el asunto:

Cuando papa murio, no dejo nada arreglado entre los hijos. Mama corrio para un lado y otro con lo de la mortual. Pero mayoria de los abogados decian que habia que pagar bastante y mama no tenia ese dinero por lo que visito varios abogados, me dicen que al ultimo abogado de llevar el caso, le quedo debiendo 7 años de honorarios. Pero se le pago como 1 millon y nunca movio nada.

Ahora mis hermanos despues de 17 años quieren arreglar eso de la mortual, pero no se sabe que va a pasar xq ya paso mucho tiempo. El abogado actual dijo que iba a hablar con el anterior para que suelte el caso y se lo transfiera a el y poder llevarlo, solucionarlo y cerrarlo....

Asunto ligado al caso y curioso:

Cabe destacar que por mi lado estoy haciendo vueltas para arreglar mi propiedad a mis hijos, curiosamente fui a dar donde el mismo abogado que quiere llevar el caso de mama, pero no se si lo que hace es correcto... el me conto cosas de lo que estaban haciendo mis hermanos (porque me iban a dejar pór fuera) y pienso que el tambien les a contado las cosas que yo estoy haciendo (arreglar mi propiedad para mis hijos) Es eso correcto en un abogado? O seria falta de etica de ese abogado?

Gracias por las respuestas...!




 
A lo que entiendo..cualquiera puede abrir la mortal..el reparto sería otra cosa...en su caso 50% su madre y 50% ustedes los hijos...no creo que alguno de ustedes pueda adjudicarse una finca.asi nomas...solo que hagan una escritura amañada..cosa en tanto tiempo .se vaya a poder...
 
Buenas y Saludos Foreros... a ver si me aclaran el asunto:

Cuando papa murio, no dejo nada arreglado entre los hijos. Mama corrio para un lado y otro con lo de la mortual. Pero mayoria de los abogados decian que habia que pagar bastante y mama no tenia ese dinero por lo que visito varios abogados, me dicen que al ultimo abogado de llevar el caso, le quedo debiendo 7 años de honorarios. Pero se le pago como 1 millon y nunca movio nada.

Ahora mis hermanos despues de 17 años quieren arreglar eso de la mortual, pero no se sabe que va a pasar xq ya paso mucho tiempo. El abogado actual dijo que iba a hablar con el anterior para que suelte el caso y se lo transfiera a el y poder llevarlo, solucionarlo y cerrarlo....

Asunto ligado al caso y curioso:

Cabe destacar que por mi lado estoy haciendo vueltas para arreglar mi propiedad a mis hijos, curiosamente fui a dar donde el mismo abogado que quiere llevar el caso de mama, pero no se si lo que hace es correcto... el me conto cosas de lo que estaban haciendo mis hermanos (porque me iban a dejar pór fuera) y pienso que el tambien les a contado las cosas que yo estoy haciendo (arreglar mi propiedad para mis hijos) Es eso correcto en un abogado? O seria falta de etica de ese abogado?

Gracias por las respuestas...!





En cuanto al asunto de los honorarios del abogado anterior, para que se de una idea los honorarios los establece el poder ejecutivo vía decreto, que en el caso de un sucesorio o mortual como se le conoce comunmente, es de alrededor del 10% del valor de los bienes y se paga, el 50% con la presentación inicial del proceso y el restante con la finalización del proceso. Adicionalmente a esto se tienen que pagar los gastos notariales de inscripción de los bienes. Estos montos son los mínimos, vía acuerdo entre las partes se pueden acordar montos superiores por lo que tendrían que ver que acuerdo tuvieron. Habría que ver que pasó con el abogado que inició el proceso, si fue que lo inició, es decir, si presentó la apertura del sucesorio y de ser así, por que razón no continúo con él. De todas maneras, me parece, podría ya haber prescrito cualquier acción que tuviera para cobrar.

El abogado no puede comentar con terceros los casos que esté tramitanto, puede ser denunciado ante la fiscalía del colegio de abogados. Que sus hermanos lo dejen por fuera no es tan fácil como se dice, usted es heredero legítimo y por tanto le corresponde una porción del haber hereditario. Lo tienen que notificar del proceso para que usted se apersone a hacer valer sus derechos y sabiendo usted de antemano que están tramitando el sucesorio, presentese al juzgado o la notaría donde se tramita y establezca medio para recibir notificaciones.
 
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