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Wilas

CONTRATO LABORAL, que pasa si se incumple un contrato?

hola a todos, quisiera me ayuden con una opinión acertada. Sí hay un contrato laboral de 6 meses pero resulta que sale otra oportunidad laboral mucho mejor y apenas se a cumplido con un mes laborado y se decide en cambiar de trabajo por ser mejor remunerado. 1 el empleado tendría implicaciones legales al no cumplir con el contrato de seis meses? 2 pienso que el respaldo de un contrato de 6 meses garantiza seis meses de trabajo al empleado por parte del patrono, pienso que en ese tiempo terminado ya puede despedirlo si lo desea, pero el empleado no está obligado a cumplir con los seis meses o me equivoco? 3 el empleado tiene derechos en ese mes o solo despues de los tres meses puede tener derechos, cuales derechos? 4 que pasa si el empleado no da preaviso y se va, pierde algo el empleado o no pierde nada, alguna otra cosa secundaria, que pierde? gracias por la respuesta qaue me darán, hasta pronto
 
hola a todos, quisiera me ayuden con una opinión acertada. Sí hay un contrato laboral de 6 meses pero resulta que sale otra oportunidad laboral mucho mejor y apenas se a cumplido con un mes laborado y se decide en cambiar de trabajo por ser mejor remunerado. 1 el empleado tendría implicaciones legales al no cumplir con el contrato de seis meses? 2 pienso que el respaldo de un contrato de 6 meses garantiza seis meses de trabajo al empleado por parte del patrono, pienso que en ese tiempo terminado ya puede despedirlo si lo desea, pero el empleado no está obligado a cumplir con los seis meses o me equivoco? 3 el empleado tiene derechos en ese mes o solo despues de los tres meses puede tener derechos, cuales derechos? 4 que pasa si el empleado no da preaviso y se va, pierde algo el empleado o no pierde nada, alguna otra cosa secundaria, que pierde? gracias por la respuesta qaue me darán, hasta pronto


Si incumplis el contrato y te vas a otra empresa pues claro que va a traer consecuencias, vas a tener que pagar lo que un juez determine por los daños causados al patrono con tu decision. Igual sucede si el patrono es quien lo incumple

Cuando se trata de un contrato de tiempo definido no se da preaviso, porque desde el inicio ya se sabe cuando este va a finalizar.
 
Muchas gracias por su respuesta, pero lo que me dijo ya lo sé, por que sé que eso puede tener consecuencias legales, se que desde el momento que uno firma, hay un compromiso, pero yo espero una respuesta clara de algo que yo no comprendo, puesto que yo entiendo lo básico. Ejemplo: si en un contrato de arrendamiento una persona se retira y no cumple con el plazo del contrato. El arrendante puede interponer una demanda pero esto puede salirle mucho mas caro que no poner la demanda. Yo no conozco mucho de esto, pero si quiero una respuesta que me deja satisfecha. De verdad muchas gracias pero si conoce del tema le agradeceré me diga algo más explicito basándose a todo lo que puse en mi consulta en un inicio. Hasta pronto y muchas gracias por su aporte.
 
Yo le respondi lo que ud pregunto, no se porque me dice que ya eso lo sabia

1 el empleado tendría implicaciones legales al no cumplir con el contrato de seis meses? 2 pienso que el respaldo de un contrato de 6 meses garantiza seis meses de trabajo al empleado por parte del patrono, pienso que en ese tiempo terminado ya puede despedirlo si lo desea, pero el empleado no está obligado a cumplir con los seis meses o me equivoco?

Si incumplis el contrato y te vas a otra empresa pues claro que va a traer consecuencias, vas a tener que pagar lo que un juez determine por los daños causados al patrono con tu decision. Igual sucede si el patrono es quien lo incumple .

Osea si firma por 6 meses tiene que trabajar los 6 meses, si alguna de las partes incumple debe pagar una indeminzacion


4 que pasa si el empleado no da preaviso y se va, pierde algo el empleado o no pierde nada, alguna otra cosa secundaria, que pierde?

Cuando se trata de un contrato de tiempo definido no se da preaviso, porque desde el inicio ya se sabe cuando este va a finalizar.

No tiene que dar preaviso porque la figura en este tipo de contratos no existe. Si se va sin justa causa, ocurre lo de la respuesta 1



3 el empleado tiene derechos en ese mes o solo despues de los tres meses puede tener derechos, cuales derechos?

Lo unico que se me quedo fue la 3 y aqui le va.. Un contrato por tiempo indefinido es excepcional, los unicos derechos que genera es al pago de aguinaldo y vacaciones proporcionales a la duracion del contrato
 
Última edición:
me falto agregarle en la ultima respuesta. El aguinaldo y vacaciones son derechos irrenunciables por lo que siempre se deben pagar, aunque sea solo un mes
 
Mira muchas gracias por su respuesta, pero tu respuesta fue: “Si incumplis el contrato y te vas a otra empresa pues claro que va a traer consecuencias, vas a tener que pagar lo que un juez determine por los daños causados al patrono con tu decision. Igual sucede si el patrono es quien lo incumple” tu respuesta yo por si misma ya la imagino pero yo espero una respuesta más clara que eso, así me evito preguntar más, porque me deja más complicada, eso de daños que le provoco al patrono, cuales daños? Tanto es el daño con irme? Bueno yo solo quiero una respuesta que me deje satisfecha y tu respuesta ayuda pero no me deja satisfecha.

Luego me dice: “Cuando se trata de un contrato de tiempo definido no se da preaviso, porque desde el inicio ya se sabe cuando este va a finalizar” por lógica sé que no tengo que poner preaviso cuando es un contrato pero yo estoy preguntando si en tal caso se tenga que renunciar. De tal manera tampoco me satisface la respuesta. No es suficiente

Luego me dice de nuevo “Lo unico que se me quedo fue la 3 y aqui le va.. Un contrato por tiempo indefinido es excepcional, los unicos derechos que genera es al pago de aguinaldo y vacaciones proporcionales a la duracion del contrato” igual, no es concisa la respuesta. Yo no estudio leyes, que se yo a lo que se refiere con tiempo indefinido, excepcional, o sea, cual es el ejemplo para comprender, luego los únicos derechos que genera es el pago de aguinaldo y vacaciones, me lo dice pero no me lo explica, me deja igual, en cual caso, si estudiara leyes le comprendería sin muchos detalles.

En lo que si me quedó claro y no lo sabía y le agradezco su respuesta, es lo que puso de último cuando dijo “me falto agregarle en la última respuesta. El aguinaldo y vacaciones son derechos irrenunciables por lo que siempre se deben pagar, aunque sea solo un mes” sin embargo, no considera mis interrogantes, de qué pasa si no se cumple con un contrato, que pasa si no se pone preaviso, no creo que haya derecho. Usted me responde en el sentido de si lo despiden, pero no lo dice, solo supongo. Mira mejor olvide las preguntas porque la verdad, tu respuesta no me queda nada claro, pero te haré una pregunta que sí me pasó a mí. Hace un mes aproximadamente, yo puse renuncia al MEP, trabajé por 7 años, renuncié porque es muy mal pagado, al preguntar sobre mis derechos, me dijeron que para tener derecho a prestaciones, aguinaldo, liquidación, cesantía, etc etc, tendría que ser despedido, pero como yo misma puse la renuncia, no me dan nada de eso. Eso es verdad? De no ser cierto, le agradezco que me responda.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Tribiano, no se exactamente si tiene claúsula penal por que el caso es de un amigo, pero que diferencia hay con base a mis preguntas. Que debe de hacerse, tiene que haber solución, pienso que no es tan grave o no se, poner o no poner preaviso. Espero tu respuesta, para decir, jaque mate. Gracias
 
Primero una correcion, se me cruzaron los cables, en la respuesta de la pregunta 3 es definido no indefinido, fue solo un error en la palabra que no afecta el fondo de la respuesta

Ok ahora vamos de nuevo al caso. Vos llegaste y planteaste un caso hipotetico, donde el escenario es una persona que la contratan por un tiempo de 6 meses en una empresa, pero no se ha terminado el plazo y se quiere ir a otra porque pagan mas.. Yo conteste todo basado en ese caso

Existen dos tipos de contrato de trabajo

a) Tiempo indefinido: Es el mas usado y el que siempre se debe preferir ya que beneficia mas al trabajador. Se llama tiempo indefinido porque se contrata a la persona y no se sabe cuando se va a despedir, renunciar etc.

b) Tiempo definido: Es el contrato donde se especifica la duracion del mismo o bien para la labor que es ( por ejemplo para construir una casa) el caso que vos pusiste es de un contrato de estos, ya que es por 6 meses. Aqui no existe preaviso porque ya se sabe cuando va finalizar

Si alguna de las partes quiere dar por finalizado el contrato sin haber concluido el plazo, lo mas probable esque lo demanden y se va a ver obligado a pagar una indemnizacion por el daño causado, porque vealo asi. Ud como trabajadora si la contratan por 6 meses y al mes la despiden le causan un daño porque deja de ganar plata y tiene que buscar rapido otro trabajo, pagar deudas si tiene y demas. Ahora ud como patrona si el trabajador se le alza al mes, queda con la vacante vacia y si es una labor de importancia pues obvio va a tener perdidas.. Por eso es la indemnizacion para cubir los daños

Por ultimo en cuanto a la consulta nueva. Pues en efecto si el trabajador renuncia, lo unico que se le pagan son vacaciones y aguinaldo. Pierde la cesantia y el preaviso
 
O yo soy bien durita o usted es bien durito, pero igual, no me menciona si se da por concluido el contrato, o sea, para qué es el preaviso, a mi parecer es que el preaviso es para que precisamente tanto el patrono como el empleado busquen en ese tiempo, llenar esa vacante y no tener consecuencias, que en este caso, la ley ampara más al empleado o empleada, a menos en casos graves si perjudica al empleado, pero considero que si un empleado pone preaviso, creo que está cumpliendo, a pesar del contrato. En todo caso pregunto por qué no te referís a que si se va o pone preaviso, es que no se por qué no me lo dice de un solo para no preguntar de nuevo. Y eso de que aunque esté solo un mes, tiene todos los derechos me dice? Entonces es mentiras de que en los primeros tres meses el patrono no tiene responsabilidad y puede despedir. O sea, que puede hacer el patrono en ese tiempo y que derechos tiene el empleado antes de los tres meses, hablo de todos los derechos, entonces cuales, pero bueno creo que quieres que te hable de aguinaldo, vacaciones, seguro y otros que de seguro no sé.

Usted da respuestas muy cortas, es poco explicito. En la última consulta igual no fue claro, pero para que entienda mejor pondré dos escenarios y pregunta explicita, más preciso, haber si acaso.

Caso 1: Sí una persona tiene 7 años de laborar y pone la renuncia, cuales derechos puede reclamar? Las prestaciones, vacaciones, etc, se refiere a los 7 años o como? Solo el tiempo después al último aguinaldo, etc no sé.

Caso 2: Sí una persona tiene 7 años de laborar y renuncia, pero desde hace casi 2 años tiene un permiso sin goce de salario, que puede reclamar?
 
Yo voy a dar mi opinión, pero espero que no me digan durita ni nada por el estilo, porque es simplemente mi opinión basada en los años de trabajo en el área laboral.

Al examinar el caso de un contrato de trabajo por tiempo determinado habría que saber que dice exactamente el contrato, porque no existen dos contratos iguales.... Hay que saber si hay clausulas de finalización anticipada o de penalidad y a que la obligan exactamente... sin eso es practicamente imposible saber que va a pasar. Si nos puede contar que dice su contrato tendremos mas bases para emitir algún tipo de opinión.

Respecto a los escenarios que pone al final, vamos a ver:


Caso 1: Sí una persona tiene 7 años de laborar y pone la renuncia, cuales derechos puede reclamar? Las prestaciones, vacaciones, etc, se refiere a los 7 años o como? Solo el tiempo después al último aguinaldo, etc no sé.

Si la persona renuncia puede esperar el aguinaldo proporcional desde el último diciembre a la fecha en que sale. (el aguinaldo va de diciembre de un año a noviembre del otro). Además el importe por las vacaciones que tiene acumuladas a la fecha. Para calcular el "costo" de las vacaciones que deben pagarle se suman los últimos seis salarios recibidos y se dividen entre 6, eso nos da el salario mensual a usar y se divide entre 30 y ese monto lo multiplica por el dia de vacaciones a fondo y listo.



Caso 2: Sí una persona tiene 7 años de laborar y renuncia, pero desde hace casi 2 años tiene un permiso sin goce de salario, que puede reclamar?

Si tiene dos años de no recibir salario y renuncia, no hay nada que reclamar, mas que las vacaciones que hayan quedado pendientes antes del permiso. Cuando uno está incapacitado o en permiso (permisos que en el sector privado son raros que se concedan) no acumula vacaciones en ese periodo ya que las vacaciones son un derecho después de cierta cantidad de tiempo trabajado.

Si fuera despido CON responsabilidad patronal, tocaría entrar a calcular cesantía, pero en este caso no procede.

Respecto al pre-aviso, es un derecho que tiene la parte que no rompe la relación laboral, es decir, si a uno lo despiden se lo tienen que dar o pagar y si uno renuncia lo tiene que dar a la empresa.
 
Tikicia, muchas gracias por su respuesta, en el primer caso, tendría que digitar todo el contrato y como que no, además que no estoy en ese zapato y tendría que pedirle a mi amigo el contrato que firmó pero yo hice varias preguntas y no en todas se refería a contrato pero ya tengo ese tema un poco más claro que antes, en todo caso al hacer la consulta mencioné lo más relevante pero de todas formas, muchas gracias.

En cuanto a la pregunta de los 7 años laborados y la renuncia, le agradezco, tu respuesta fue 100% comprendida. Fue muy precisa y explicita al dar su respuesta. Me encantaría que cuando me respondan alguna pregunta sean así de claras como lo fuiste, de verdad muchas gracias.
 

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