No tenés que presentar ninguna "denuncia", porque lo que inicia el proceso de tránsito es el "parte" que llama la gente, que en realidad es una Boleta de Citación, ya que desde el momento en que el Oficial te la entregó vos quedás citado para acudir al Juzgado. Tenés que asistir en los ocho días hábiles posteriores a que esa boleta llegue al Juzgado.
Mi consejo: hable con la otra persona, hagan el arreglo, que el te pague la reparación y presentense los dos (ambos deben ser los propietarios registrales del vehículo, porque sino además deben llevar al propietario registral o hacerlo por escrito con las firmas de todos) al Juzgado y pidan que se archive el caso por haber llegado a un arreglo y que no se graven los vehículos o si ya se gravaron, que se levante el gravamen.