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Wilas

Deuda prescrita, que hago?

Como muchas personas tuve problemas con tarjetas de credito que llegaron a cobro judicial, pague 2 de ellas porque aun estaban "activas". La ultima tarjeta/saldo no la he pagado aun porque la demanda fue retirada por el Banco porque tenia mucho tiempo (mas de 5 años). Mis preguntas son: Legalmente aun el Banco podria demandarme de nuevo? Ademas, segun entiendo aun cuando la deuda esta prescrita aun esta reportada en la SUGEF (lo que perjudica mi historial crediticio), puedo acercarme al Banco para solicitar que remuevan esa operacion de la SUGEF? o que opciones tengo en este caso. Gracias por cualquier ayuda.
 
#1 en FACTURA ELECTRÓNICA
Después de 4 años, prescribe con el banco.
Después de 10 años, ya no puede salir en ningún historial crediticio.

Y no, el banco no puede volverte a demandar.

En Costa Rica, no existe la cadena perpetua...
 
Toda deuda de 5 años indistintamente del monto prescribe a los 5 años, si el banco intentara volver a demandar tiene que aportar los documentos que firmaste para dicho compromiso, luego el juzgado notifica y con el expediente en la mano, te presentas al juzgado y alegas que ya la deuda prescribió, la misma preescribe del año en que se firmó la letra de cambio o el contrato.
 
La prescripción cuenta al momento de presentarse la demanda. Si la demanda fue interpuesta antes de haberse cumplido el plazo, la prescripción se interrumpe, es decir si al año 3, día 364 se presenta el escrito en el Juzgado la deuda es cobrable.

:)
 
MABC dijo:
Como muchas personas tuve problemas con tarjetas de credito que llegaron a cobro judicial, pague 2 de ellas porque aun estaban "activas". La ultima tarjeta/saldo no la he pagado aun porque la demanda fue retirada por el Banco porque tenia mucho tiempo (mas de 5 años). Mis preguntas son: Legalmente aun el Banco podria demandarme de nuevo? Ademas, segun entiendo aun cuando la deuda esta prescrita aun esta reportada en la SUGEF (lo que perjudica mi historial crediticio), puedo acercarme al Banco para solicitar que remuevan esa operacion de la SUGEF? o que opciones tengo en este caso. Gracias por cualquier ayuda.

Compañero: Vos hablás de que el banco "retiró" la demanda, lo que me suena a la figura procesal del desistimiento. En este caso, si podrían retomar la demanda en el momento que ellos lo consideren oportuno, siempre y cuando no hicieran renuncia expresa de su derecho.
La prescripción opera dentro de un proceso judicial. Si decís que el banco "retiró" la demanda (la expresión NO ES CLARA) entonces quiere decir que un Juez no ha evaluado el asunto y por lo tanto no se ha pronunciado sobre la posible existencia de una extinción de la obligación por haberse opuesto la excepción de prescripción.
 
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