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Wilas

aguinaldo

saludos.
Lei x ahi q al aguinaldo se calcula con los salarios ordinarios y extraordinarios de cierto periodo; es cierto q para q se tomen los extraordinarios (extras) en cuenta en el aguinaldo, se tienen que reportar y rebajar el 9% en conjunto con los ordinarios?
Si no es asi, alguien tiene un documento que lo pruebe?
Gracias
 
Si, ud debe reportar ese 9%. lo que puede hacer con un contador es ponerse de acuerdo para justificar sus gastos, gasolina alquileres etc. y ese porcentaje se reduce. Pero en efecto, la compañía puede justificar el no pago si ud no ha reportado LEGALMENTE esos ingresos extraordinarios.
 
Es que si procede a demanda, como va a decir ud que en efecto le dieron tal dinero, si al rato se lo dieron en un sobre cerrado.
 
Dejenme terciar en este asunto. Creo que tanto Manollex como Safito estan en lo cierto. Mas que un problema de derecho es un problema de prueba. Si el trabajador logra demostrar POR CUALQUIER MEDIO LEGALMENTE ADMITIDO que recibio esos pagos adicionales, entonces tiene derecho a reclamar esa parte extra de su aguinaldo. Como les digo, el debate no es si se tiene derecho o no, sino si lo puedo probar o no. Por probarse, el derecho existe.
 
esas extras se nos da el dia de pago siguiente en otro deposito bancario, osea, si tengo pruebas y podria entrar a reclamar esa parte del aguinaldo, cierto?
aunq me parece q eso seria como echarse al jefe encima, q opinan?
 
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