El asunto es así mas o menos on el depósito de alquiler, - si alguno de los compas abogados , colabora aumentando o corrigiendo me ayuda mejor- el depósito tiene como objeto que cuando t vas del local o casa después de cumplir el plazo, de ahí salga para pagar cuentas pendientes ( luz , agua , etc) o daños que ´por el uso normal se hayan dado ( manchas en la pintura, rellenar huecos en las paredes por los clavos, etc) . En Costa Rica el depósito es Un mes de alquiler, en otros países puede llegar a más meses. Esa es la razón por la cual el propietario NO esta obligado a reembolsarte esa suma , porque como todo en CR viene atrasado, (los cobros de los servicios de Julio por ejp vendrán hasta agosto o septiembre) , el propitario no tiene por que asumir ese gastos si vos fuiste la que uso el servicio y además si causaste algun daño a la construcción tienen que repararse para que se puede volver a usar. En teoría , si vos cumpliste bien con tu parte del contrato- es decir te quedaste todo el plazo que pactaron , el propietario tienen la obligación de devolverte en 30 días el depósito menos lo que pago entre recibos y facturas por reparaciones- Pero bueno supongamos, que no te quedaste el plazo que dijsite q te ibas a quedar, y te fuiste antes por las razones que sean, lo que va a pasar es que por costumbre comercial, el propietario se queda con la totalidad del deposito para compensar los daños y perjuicios que causaste con tu salida - aunque le hayas avisado un mes antes- pues el propietario esperaba que te quedaras todo el plazo , es decir el contrato lo rompiste vos y no el propietario. Que te quiero decir con esto , que muy pocas posibilidades tienes de recuperar esa plata , pues vos fuiste la parte que falló .Tu caso es de lo más común y se ve todos los días, mi consejo es que la próxima ves que alquiles tengas esto en cuenta y que dentro del contrato estipules exactamente que va a pasar con el depósito si te vas antes . SUERTE ¡¡¡