No es un tema de "derechos", ya que todos los tienen, por eso no puedo decirle cual no me parece, ya que los tienen TODOS y no estoy en contra de ninguno de los que gozan actualmente y que son los mismos que tengo yo.
Por eso es que la ley es innecesaria y mas bien la meta es otra; reclamar sin merecerlo, el reconocimiento social que tiene el matrimonio y desde ahi impulsar su agenda.
vamos a ver si es cierto eso que pone peyistez. Voy a ser objetivo.
ARTÍCULO 4°. EFECTOS DE LAS SOCIEDADES DE CONVIVENCIA.
Una vez registrada la sociedad, o cumplidos los tres años de convivencia de la sociedad no registrada, las personas integrantes tendrán los siguientes derechos:
1. Constitución de un régimen patrimonial especial, por el cual los bienes que adquiera cada persona integrante, sus rentas, frutos, usufructos y demás beneficios económicos que produzcan estos bienes, pertenecen a cada una de las personas convivientes, pero en el caso de disolución de la sociedad pertenecerán a ambas personas por partes iguales, salvo pacto en contrario en escritura pública.
Analisis
En la actualidad esto no se da por igual entre parejas heterosexuales y parejas homosexuales. Para obtener algo similar, los homosexuales tienen que hacer una sociedad anonima, con todos sus alcances y limitaciones. Los heterosexuales gozan de este derecho por default.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
2. Los beneficios del sistema de seguridad social, del sistema financiero nacional para la vivienda, y el resto de prestaciones estatales.
Analisis
Una persona homosexual no puede asegurar a su pareja como lo hace una persona heterosexual con su pareja. Para optar por beneficios del sistema financiera nacional deben hacerlo por medio de una sociedad anonima, y se trata de manera diferente a una pareja en el sistema financiero nacional que a una sociedad en terminos de facilidad de obtencion de creditos, por ejemplo.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
3. Herencia.
Analisis
Cuando la pareja de una persona heterosexual fallece, por default los bienes de esa persona pasan a herencia de la pareja que queda en vida a menos de que haya un acuerdo prenupcial de por medio. Cuando la pareja de una persona homosexual fallece, por default los bienes de esa persona pasan a su familiar mas cercano que este vivo (padre, madre, hermano, etc) a menos de que haya un testamento de por medio, el cual puede ser apelado de todas formas mediante un juicio sucesorio.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
4. Obtener la residencia de la persona conviviente costarricense.
Analisis
No es necesario. No hay manera de que un homosexual logre esto, cosa que si logra un heterosexual
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
5. Permiso laboral por fallecimiento de la pareja.
Analisis
No es necesario. No hay manera de que un homosexual logre esto, cosa que si logra un heterosexual
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
6. A prestar consentimiento informado sobre decisiones en temas de salud cuando su conviviente no pueda hacerlo por sí mismo.
Analisis
En la actualidad, la CCSS permite que la pareja homosexual de un paciente lo visite si se encuentra hospitalizado. Esto lo ha determinado la CCSS unilateralmente, pasando por encima de su propio reglamento interno. Bien por la CCSS. Sin embargo, todavia la pareja homosexual no puede prestar consentimiento informado sobre decisiones en temas de salud cuando su conviviente no pueda hacerlo por sí mismo.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
7. A ser beneficiarios mutuos de seguros y mutualidades.
Analisis
Uno puede asegurar a quien quiera al comprar un seguro privado. Se puede realizar mediante seguros multiples y no es ni mas ni menos engorroso que el seguro privado para incluir a una pareja heterosexual.
Conclusion: es cierto lo que dice peyistez
8. A las visitas de pareja en caso de hospitalización o privación de la libertad.
Analisis
Como dije, en caso de hospitalizacion la CCSS ya otorgo el permiso correspondiente. Para la privacion de libertad, no existe ese derecho para las parejas homosexuales.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
9. A alimentos mutuos.
Analisis
No es necesario. Ni entiendo este punto.
Conclusion: es cierto lo que dice peyistez por ser un derecho idiota
10. A obtener financiamientos comunes.
Analisis
Las parejas homosexuales pueden optar por esto mediante sociedades anonimas, cosa que no tiene que hacer las parejas heterosexuales.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
11. A ejercer la curatela de su pareja.
No se ni que es curatela. Triboniano?
12. A someter, por escritura pública, la vivienda propia compartida por la sociedad a un régimen de protección, en el que no le afectará deudas sino son contraídas por ambos convivientes.
Analisis
Las parejas homosexuales pueden optar por esto mediante sociedades anonimas, cosa que no tiene que hacer las parejas heterosexuales.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
13. En el arrendamiento para vivienda, si el arrendador fallece o se retira de la sociedad, continuará como titular del arrendamiento el conviviente que se mantiene habitando la vivienda.
Analisis
Las parejas homosexuales pueden optar por esto mediante sociedades anonimas, cosa que no tiene que hacer las parejas heterosexuales.
Conclusion: es falso lo que dice peyistez
Creo que la conclusion es mas que evidente. Peyistez MIENTE.